
AMPLIACIÓN PRÓRROGA CONTRATOS ALQUILER POR CORONAVIRUS
AMPLIACIÓN PRÓRROGA CONTRATOS ALQUILER POR CORONAVIRUS
Hoy ha entrado en vigor el Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda, el cual ha acordado ampliar la prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler que fue aprobada el pasado 31 de marzo.
La prórroga de contratos de alquiler que fue aprobada en el mes de marzo, en vigor desde el 2 de abril, por el Consejo de Ministros, es una prórroga extraordinaria y no era aplicable a todos los contratos de arrendamiento, únicamente a los contratos de arrendamiento de vivienda, los cuales finalizaran, ya sea por el fin de las prórrogas forzosas o por el fin de la prórroga voluntaria, desde el 2 de abril hasta los 2 meses siguientes al fin del Estado de Alarma, es decir, con fecha límite el 21 de agosto de 2020.
¿A qué contratos afecta la ampliación prórroga contratos alquiler coronavirus?
En el día de ayer, el Gobierno ha acordado ampliar dicha medida hasta el 30 de septiembre de 2020, es decir, todos aquellos contratos de arrendamiento que finalicen hasta el 30 de septiembre de 2020, en los cuales ya no queden prórrogas forzosas y, en su caso, ni la prórroga voluntaria, los inquilinos podrán acogerse a dicha prórroga.
¿En qué términos se prórroga el contrato?
El contrato de arrendamiento se prorrogara por un plazo máximo de 6 meses, debiéndose mantener durante estos 6 meses los mismos términos y condiciones del contrato de alquiler, por lo que deberá mantenerse la misma renta y restantes condiciones del contrato.
La duración máxima de la prórroga es de 6 meses. No obstante, nada impide acordar una prórroga inferior si ambas partes están conformes con ello.
Llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez solicitada la prórroga, este se prórroga de forma automática, sin necesidad de firmar ningún documento anexo al contrato inicial.
¿Qué tengo que hacer para aplicar la prórroga del contrato?
Es importante tener en cuenta que es el inquilino o arrendatario quien debe comunicar al arrendador o propietario su petición de acogerse a dicha prórroga del contrato de arrendamiento.
Desde Picón Abogado recomendamos que dicha solicitud se realice mediante Burofax, para dejar constancia de la misma y evitar futuros problemas.
¿El propietario está obligado a aceptar la prórroga?
Quizás esta es la pregunta que más se ha planteado los últimos meses desde que se aprobó la prórroga de los contratos de alquiler por el tema del Covid-19. El RD es claro, si se cumplen los requisitos, el propietario esta obligado a aceptar la prórroga, no puede oponerse a la misma.
El Real Decreto-ley 16/2021, de 3 de agosto, por el que se adoptan medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, ha acordado ampliar los plazos de algunas medidas relativas al alquilar adoptadas en marzo, en concreto se amplía la fecha para acogerse a la prórroga extraordinaria de los contratos de alquilar por 6 meses hasta la fecha de 31 de octubre de 2021.
Para más información, consulta el siguiente artículo: AMPLIACIÓN DE LOS PLAZOS PARA ACOGERSE A LAS MEDIDAS DE ARRENDAMIENTOS POR COVID-19
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Si tenéis dudas, os recomendamos la lectura de nuestro anterior post PRÓRROGA CONTRATOS ALQUILER POR CORONAVIRUS, donde encontraran muchos dudas resueltas en los comentarios que les pueden ayudar para resolver todas sus dudas.
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Tengo a mi madre con 86 años y yo me he reincorporado al trabajo el 1 de Julio pero en mi empresa piensan volver a teletrabajo. Mi contrato termina el 1 septiembre y me quieren echar. No se que hacer……
Gracias
Buenas tardes,
A fecha de hoy no ofrecemos servicios de derecho laboral. Le recomendamos que contacte con un abogado laboralista que la podrá asesorar mejor.
Saludos.
Hola buenas tardes, está prórroga es también para los contratos de alquiler con opción a compra.a mí me dieron 3 meses para ejercer la compra de la vivienda, se negaba el propietario a darme los 6 meses me dijo que eso es lo que mandaba la ley
Buenos días,
El contrato de arrendamiento con opción a compra son dos contratos en uno, por un lado la compraventa, y por otro el de alquiler. La medida aprobada por el Gobierno únicamente se refiere al alquiler, no al plazo para ejercer la opción de compra, otra cosa es que usted llegue a un acuerdo con la propiedad para ampliar el plazo de opción a compra, en cuyo caso le recomendamos hacerlo por escrito.
Saludos.
Buenas tardes; soy propietario de un piso con un contrato de alquiler que vence el día 21 de julio de 2020 en el que se estipula que, en caso de que el inquilino siguiera ocupando la vivienda a partir de esa fecha, cualquiera que sea la causa, deberá abonar una cuota de 1000€ en lugar de los 270€ que pactamos inicialmente para que tuviera una opción de bajo coste durante 3 años para buscarse otro alojamiento. Ahora pretende acogerse a la prórroga extraordinaria por Covid 19 durante 6 meses más en las condiciones previas del contrato, lo que me impide vender el piso. ¿Estoy obligado a aceptar este tipo de prórroga forzosa obviando esta cláusula del contrato firmada en su día por el inquilino?
Saludos / A. Zuluaga
Buenos días,
¿Ustec hizo alguna comunicación al inquilino de no renovación del contrato? Por lo que entendemos ahora se cumplen los 3 años de prórroga forzosa, teniendo el contrato la opción de prórrogarse un año más de forma voluntaria, salvo que exista comunicación previa con 30 días de antelación. Pues de ello depende de si el contrato se puede prorrogar por 6 meses por el tema del Covid-19 o en su caso 1 año por prórroga voluntaria.
Respecto la cláusula de la renta, es necesario ver como esta redactada, para verificar si la misma es conforme a la LAU y no abusiva.
Si lo desea pjuede subscribirse al Consultorio Legal Online y nos transcribe la cláusula en cuestión y analizaremos su caso concreto, le dejo el enlace por si es de su interés: https://www.picon-advocats.com/consultas/.
Saludos
Buenas.soy Antonio. Estoy en un piso de alquiler.que esta a nombre de mi madre…llevo aquí 3 años…pero desde marzo del 2020 me despidieron…ahora no e podido pagar desde el despido.y en octubre se acaba la prórroga de 1 año de contrato.ya cupido 5años…y me hicieron la prórroga. …la propietaria me dice que en octubre tengo que abandonar la vivienda…..pero no tengo donde ir…..estoy abligado acerlo????? Gracias
Buenos días Antonio,
¿Que fecha concreta le finaliza el contrato? Si su contrato finaliza a finales de septiembre, si que podría acogerse a la prórroga, dado que el Gobierno ha ampliado la prórroga hasta el 30 de septiembre.
Saludos.
Hola soy propietario tengo el piso alquilado con fecha 16 de octubre de 2017 los tres años cumple este año 2020 en octubre. Con revisiones con IPC.
¿se puede alargar un año mas y subir el alquiler sin IPC o hay que hacerlo con IPC?
¿si se prorroga un año mas se puede dar por terminado a la terminacion de esa prorroga, o eso me puede obligar a prorogar por mas años?
¿Si se da por terminado el contrato actual, se puede hacer otro contrato con una nueva renta pactada y por cuanto tiempo minimo legal tendria que hacerse el contrato actualmente?
espero de su generosidad pueda aclararme estas dudas.
saludos y gracias.
Buenas tardes,
Si usted prorroga el contrato por la prórroga voluntaria de 1 año, en principio la renta seria la misma con el IPC. La prórroga voluntaria es de 1 año en su caso, por lo que, si cuando este a punto de cu mplirse, no quiere renovar más el contrato, tiene que comunicarlo con 30 días de antelación.
Y, si decide hacer un nuevo contrato, con la nueva LAU el plazo mínimo es de 5 años (prórrogas forzosas).
Si necesita más asesoramiento, puede contactar con nosotros a traves del Consultorio Legal Online donde atenderemos todas sus cuestiones, quedando protegidos todos sus datos y la información facilitada, al no ser público el consultorio: https://www.picon-advocats.com/consultas/
gracias por su informacion me quedo mas tranquilo de hacer las cosas bien.
Mi contrato de alquiler finaliza el 31de diciembre de 2020 tengo derecho a la porroga lo tengo con testa socimi
Buenos días,
A la prórroga especial del Covid-19 no, deberiamos ver si su contrato ha esgotado ya las prórrogas forzosas o si cabe la prórroga voluntaria.
Saludos.
Hola soy Susana, soy inquilina de una vivienda desde el 3 de julio de 2016, hasta la fecha se ha realizado una renovación anual en 2019 y este año era la segunda, nunca me han subido nada la renta, ni el IPC, al no haberme avisado la casera con el mes de preaviso, di por supuesto que se volvía a renovar otro año en los mismos términos de contrato (o que me subirían el IPC) pero el 6 de julio se puso en contacto conmigo para decirme que iba a subir el alquiler 100€ aunque a día de hoy no me ha mandado la documentación todavía porque lo está gestionando con la inmobiliaria. ¿Tienen derecho a subir el alquiler ahora si no he recibido todavía ninguna documentación? Y de ser así, puedo acogerme yo ahora a la prórroga que indicó el gobierno o tenía que haber avisado antes? Muchas gracias.
Buenas tardes Susana,
En su caso, ahora le ha vencido la prórroga voluntaria del contrato, pues por la LAU que se aplica a su contrato son 3 de prórroga forzosa y 1 de prórroga voluntaria. En principio, ahora el contrato estaria en tácita reconducción, de modo que debe ver somo esta fijada la renta en el contrato, si esta fijada anual, se prórroga por 1 año, y si es por meses, por meses. La prórroga del Covid19, la tendría que haber pedido antes del vencimiento, aunque puede intentarlo a ver si la propietaria le accepta-
Saludos.
1.- Que plazo existe para mandar burofax solicitando la prorroga de los 6 meses? mi contrato de arrendamiento finaliza el 31 de agosto y quiero acogerme a ella, me lo han comunicado hace poco y no me han dado tiempo de reacción.
Por otro lado me han comentado que si quiero comprar el piso pero el precio es bastante elevado para el momento actual (las tasaciones son muy por debajo de precio de mercado y el banco concede la hipoteca sobre el precio de tasación no de venta). 2.-Como puedo actuar en este caso? o incrementar mi poder de negociación? siento que estoy desvalida en este momento por la situación actual. No descarto la compra del piso pero pienso que para negociar estoy en mala situación
Buenas tardes,
El RD no fija plazo para hacer la comunicación, de todas formas, siempre antes de que venca el contrato. Si usted quiere acojerse a la prórroga, ya lo puede comunicar, por escrito y mejor si es por Burofax.
Respecto a lo otro, necesitariamos conocer más datos.
Si lo desesa, tenemos un servicio de asesoramiento online, donde puede plantear todas sus dudas a nuestros abogados y le responderan en la mayot brevedad posible, puede acceder a través del siguiente enlace: https://www.picon-advocats.com/consultas/.
Saludos.
Buenos días,
Mi contrato de alquiler vencía a fecha 15/04/2020, existiendo pre-aviso para la finalización del mismo. Dada la situación, nos acogimos a la prorroga extraordinaria del Covid-19, siendo aceptada por el Arrendador en un primer momento, siendo la fecha fin para el 15/11/2020.
Puesto que ha salido una segunda Prorroga Extraordinaria, tenemos dudas respecto de si me puedo acoger a la misma por 2º vez, o en mi caso, ya hablaríamos de “tacita reconducción” con renovación mensual (en contrato se encuentra fijado el importe de manera mensual)
Muchísimas gracias y disculpar las molestías.
Buenos días,
No ha salido una segunda prórroga, sino que el Gobierno decidió ampliar el plazo para acogerse a la misma hasta los contratos que vencan el 30 de septiembre de 2020, pues anteriromente solo se podian acoger a la misma las personas que su contrato finalizará hasta cumplirse los 2 meses tras el fin del Estado de Alarma, es decir, hasta 21 de agosto y ahora es hasta 30 de septiembre.
Saludos.
Nuestro contrato de alquiler vencía este mes de agosto, y la empresa intermediaria entre la propiedad y nosotros, ALQUILER SEGURO, nos ha dicho que si queremos renovar por otro año nos sube la renta, que es lo que le pide el casero.
Hemos solicitado la prórroga sin subida de renta y la respuesta es que si, subiendo la renta, de ahí no se bajan, y que a la finalización de esos 6 meses dan por finalizado el contrato.
¿Pueden hacerlo?
Gracias
Con la prórroga del covid no se puede subir la renta durante esos 6 meses.
hola:
Tengo un piso que alquilo a estudiantes y para este proximo curso se esta hablando de una clausula covid por si se produce la vuelta a estado de alarma y confinamiento.
Como podria redactar esa clausula de forma que cumpla con la ley ( por ejemplo que se recinda el contrato y devolver el piso a el propietario o bien que permanezcan con el contrato en vigor hasta su terminacion del tiempo pactado pagando por el piso el 50% del alquiler y gastos y si se volviese a las clases volverian ha pagar el total.
Espero me puedan orientar en como establecer esa clausula.
saludos y gracias
Buenas tardes, si necesita asesoramiento para la redacción de dicha clàusula, tenemos el Consultorio legal Donde nuestros Abogados le podran indicar como redactarla.
Le dejo el enlace por si es de su interes
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Mi contrato termina el día 1 de septiembre pero mi casera me ha dado una dirección falsa y no puedo enviarle un burofax para acogerme a la ampliación por Covid. Que puedo hacer?
No tiene ningún otro dato de contacto? En caso negativo, envialo igual al lugar Donde consta en el contrato.
Las partes deben informarse de sus datos a efectos de notificaciones.
Buenos días,
Mi contrato de alquiler se firma el 01 de Octubre de 2017 y finalizaría tras tres años con una comunicación dada por el propietario cinco meses antes de dicha fecha.
¿Se podría prorrogar ese contrato seis meses por “medidas COVID”?
La prórroga covid es aplicable a los contratos que finalitzen hasta el 30 de septiembre.
Saludos
Mi contrato de alquiler se firmo el 1 de septiembre de 2014, la duración era según contrato de un año prorrogable siendo de aplicación la Ley 04/2013 de arrendamientos urbanos y si llegado el plazo de vencimiento ninguna de las partes manifestaba voluntad de no renovar contrato, ése se entendería prorrogado por anualidades hasta un máximo de 3 años. El arrendador nos ha comunicado en tiempo el deseo de no prorrogar porque quiere venderlo. Hemos enviado burofax solicitando prórroga para acogernos a los 6 meses pero ahora no me queda claro si tenemos derecho dado que estaríamos en “tacita reconducción” no?
Si la LAU del 2013 es dd 3 + 1, pero al haver pactado una pròrroga voluntària de 3 años, entiendo que podrian acogerse a la prorroga covid.
Hola!
A mi abuela le finalizaba la prorroga de 1 año del contrato de alquiler (3 años + 1 año) el dia 19 de Julio.
Hoy dia 28 de Agosto le han comunicado mediante un burofax (que pone que es a fecha 1 de Agosto pero lo ha recibido hoy) que no le renuevan con efectos a dia 30 de Octubre ha de dejar el piso.
Que puede hacer?
Muchas gracias
Buenos días,
¿Su abuela solicito acogerse a la prórroga del Covid-19?
Saludos.
No la solicitó
En ese caso, el contrato entendemos que estaría en táctica reconducción.
¿La renta en el contrato esta establecida de forma anual o mensual? Es importante, pues si es mensual el contrato se renueva mes a mes, en cambio si es anual, se habría renvoado por 1 año.
Para mas asesoramiento, le recordamos que tenemos a su disposición el consultorio legal online, donde le podremos resolver todas sus dudas.
Saludos.
Tenemos un contrato de alquiler con opción a compra, que vencía el 31 de marzo de 2020. No pudimos ejecutar la compra en ese momento y el propietario nos dejó seguir, pero convirtiéndose los pagos en mero alquiler, sin que se descontaran del precio de la compra. Han pasado casi 6 meses y lo tenemos todo preparado para escriturar, pero nos han comentado que por ley, teníamos una prorroga de 6 meses para poder comprar y el contrato seguía en vigor, por lo que las seis mensualidades que hemos pagado podrían considerarse también como pago a cuenta del precio. Es posible? Muchas gracias
Buenas tardes,
La prórroga de los 6 meses aprovaba por el tema Covid-19 se refiere únicamente a los contratos de alquiler, no a la opción de compra.
A tal efecto, deberán estar a lo acordado con la propiedad sobre el plazo para ejercer la opción de compra y el computo de los pagos.
¿Ustedes comunicaron a la propiedad su intención de ejercer la opción de compra dentro de plazo y lo recibio la propiedad en plazo?
Para un mejor asesoramiento, le recuerdo que tenemos el servicio de consultorio legal online.
Saludos.
En abril terminaba el contrato de alquiler y pedí la prórroga extraordinaria de 6 meses por Covid, hoy el gobierno ha alargado la prórroga hasta enero, significa que puedo seguir en la vivienda hasta enero o solicitar una 2a prórroga de 6 meses más?. El final de los 6 meses de prórroga son a finales de octubre. Muchas gracias. También comentar que al aplicarme la prórroga me subieron el precio del alquiler por la actualización del ipc, pero creo que el ipc es negativo.
Buenos días,
Han ampliado el plazo para acogerse a la prórroga hasta el día 31 de enero de 2021. La web del Ministerio,a pesar que el RD no es calro, indica que si cabe una segunda prorroga extraordinaria.
Le copio el texto modificado ayer:
“En los contratos de arrendamiento de vivienda habitual sujetos a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en los que, dentro del periodo comprendido desde la entrada en vigor de este real decreto-ley hasta el 31 de enero de 2021, finalice el periodo de prórroga obligatoria previsto en el artículo 9.1 o el periodo de prórroga tácita previsto en el artículo 10.1, ambos artículos de la referida Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, podrá aplicarse, previa solicitud del arrendatario, una prórroga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento por un periodo máximo de seis meses, durante los cuales se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos para el contrato en vigor. Esta solicitud de prórroga extraordinaria deberá ser aceptada por el arrendador, salvo que se hayan fijado otros términos o condiciones por acuerdo entre las partes, o en el caso de que el arrendador haya comunicado en los plazos y condiciones establecidos en el artículo 9.3 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, la necesidad de ocupar la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial”.
Con esta prórroga no le puede subir el alquiler, solo actualizar el IPC, que ahora es negativo si.
Saludos.
Si te acogiste a la prórroga extraordinária del Covid 19 tienes derecho a una nueva prórroga de 6 meses solicitándola antes del 31 de enero 2021, dejo el enlace donde se explica: https://www.mscbs.gob.es/ssi/covid19/desahucios/contratos.htm?fbclid=IwAR2gddFqjI122dDoMZV9GlQj2j2pcHCSp_-q_FQmplcpJ_HyDOAOD-19BTU
Hola, mi contrato termina el 31 diciembre 2020 puedo pedir otra prorroga 6 meses contrato de alquiler con el real decreto 30/2020 de 29 septiembre, si ya pedi una anteriormente real decreto 11/2020 de 31 de marzo.
Buenas tardes, es ese caso es más discutible. El último RD que prorroga la medida hasta el 31 de enero de 2020, no resuelve este aspecto, pues el texto de la norma sigue sinedo el mismo, lo único que cambia es la fecha. En teoria su contrato, ya no esta ni en prórroga gorzosa ni en prórroga voluntaria, sino una prórroga extraordinaria, y el RDL no habla de la prórroga de la prórroga extraordinaria, por lo que deja un vacío legal, que puede ser interpretable.
La web del Minitserio aclara que si cabe una segunda prorroga.
Saludos.
Si te acogiste a la prórroga extraordinária del Covid 19 tienes derecho a una nueva prórroga de 6 meses solicitándola antes del 31 de enero 2021, dejo el enlace donde se explica: https://www.mscbs.gob.es/ssi/covid19/desahucios/contratos.htm?fbclid=IwAR2gddFqjI122dDoMZV9GlQj2j2pcHCSp_-q_FQmplcpJ_HyDOAOD-19BTU
Hola, en el mes de abril de 2020, se realizó una actualización de mi contrato conforme al IPC, pero el IPC no es negativo? No deberían, en vez de subirme el importe bajarlo?
Buenos días,
¿Que mes de referencia han tomado para calcular la actualización? ¿Que porcentage le han aplicado?
En enero y febrero el IPC fue positivio, es a partir de abril que es negativo.
Saludos.
Mi contrato está firmado el 1 de mayo
Debe verificar que mes pone de referencia para hacer el cálculo, si abril o mayo, en abril el IPC fue – 0,7 %, en mayo e -0,9%. De modo que si, efectivamente, no le podían subir la renta, pues en su caso, la renta se actualiza a la baja, le recomiendo haga le cálculo de la renta actualizada, le remita al propietario la nueva renta y reclamando la devolución de las cantidades pagadas de más por la incorrecta actualización de estos meses, eso sí, la renta actualizada “correcta”, se aplicará al mes siguiente de la comunicación, lo digo para que lo tenga en cuenta para calcular lo que ha pagado demás.
Saludos.
Hola, mi contrato tenía duración de tres años lo firme en 1 de octubre del 2017 y por lo cual se acaba de terminar este 1 de octubre del 2020 y ahora el propietario dice que quiere la casa para su hijo y en la situación que estoy por el tema de crisis económica causada por el covid 19 no puedo aún irme ningún sitio tengo derecho a la prórroga de 6 meses hasta que me dé tiempo buscar otra alternativa y el propietario está obligado a aceptar la prórroga?? Gracias!
Buenos días,
Su contrato supuestamente venció el día 1 de octubre. ¿El propietario con 30 días de antelación le había enviado Burofax que no quería hacer la prórroga anual? Pues en caso de no haber habido comunicación, se podría entender prorrogado el contrato por un año.
Respecto el tema de necesidad, es un motivo por denegar la prórroga ¿Como le ha comunicado dicha circunstancia el propietario? Debe comunicars con 2 meses de antelación a la fecha en que se va a necesitar la vivienda.
Para un mejor asesoramiento, le recomiendo que acceda al ConsultorioLegal Online que tenemos en nuestra página web.
Saludos.
Buenas tardes, si yo ya hice una prórroga extraordinaria de alquiler de 6 meses por Covid…. ya que me finalizaba en mayo, ahora que llega noviembre y se me acaba puedo volver a acogerme a esta prórroga por las nuevas medidas? Gracias y un saludo.
Buenos días,
La verdad con la reforma realizada por el Gobierno no se ha aclarado esta situación, del texto literal de la Ley parece que no da pie a aplicarse una segunda prorroga por otros 6 meses, pues en ningún momento habla de pedir una prórroga extraordinaria sobre la prórroga extraordinaria, sino que solo habla de pedir la prórroga extraordinaria a la prórroga forzosa Y/o voluntaria. Es un tema discutible. Aunque en la web del Minitserio se indica que si cabe una segunda prorroga.
Saludos.
Si te acogiste a la prórroga extraordinária del Covid 19 tienes derecho a una nueva prórroga de 6 meses solicitándola antes del 31 de enero 2021, dejo el enlace donde se explica: https://www.mscbs.gob.es/ssi/covid19/desahucios/contratos.htm?fbclid=IwAR2gddFqjI122dDoMZV9GlQj2j2pcHCSp_-q_FQmplcpJ_HyDOAOD-19BTU
Buenas tardes,
Antes de todo felicitarles por el increíble que dan con sus respuestas.
Tengo un inquilino al que le vencía el contrato en mayo,ya se le había enviado burofax de fin de contrato y pidió prórroga covid.ahora se le vence la prórroga y no se quiere ir porque no está claro si puede pedir una segunda prórroga….
Me miedo que no se vaya porque lo deshaucios están suspendidos y el paga el alquiler …
Para quedarme tranquila podría hacer una prórroga anual ahora o se entendería que es un nuevo contrato por extinción del que tenía?un saludo
Buenas tardes,
¿Con esta prorroga anual que propone quiere aumentar la renta?
El contrato al haber expirado ya las prórrogas forzosas y voluntarias, puede entrar en táctica reconducción, la duración del contrato se rige por el CC, es decir, va en función de la forma en que esta establecida la renta en el contrato, si es por meses, se prorroga mes a mes, si es por año, de año en año.
Saludos.
Buenas tardes, en nuestro caso se hizo un contrato de 3 años en 2014, luego mandaron burofax de no renovación pero me llamaron diciendo que renovábamos, por lo que firmamos nuevo contrato de 3 años en 2017, es decir que el contrato nos vence para diciembre 2020, como en el primero nos mandaron burofax otra vez de no renovar por que querían venderlo, pero luego nos informan que no venden aún si no que nos van a prorrogar un año y que nos suben 165€ la renta por que sí. Según el índice arca si suben debería ser 10€ y no sé cómo mirar el IPC porque a mes actual está en negativo… Mis dudas son, en cuanto a la renta ¿dónde me fijo y que derecho tienen a subirla?¿es legal mandar burofax con no renovación y luego hacer nuevo contrato o prorroga?, en cuanto a prorrogas ¿me podría acoger a los 6 meses en caso de que sea un disparate la prorroga que me proponen?¿qué es lo “normal” o legal?
Mil gracias por la ayuda, tan necesaria en todo este tiempo de incertidumbres…
Un saludo.
Buenos días,
Tras comunicar la no renovación de un contrato, nada impide poder hacer un contrato nuevo entre las mismas partes, pues si no haces dicha comunicación, el contrato anterior puede entrerar en prórroga voluntaria.
En cuanto al contrato actual, en diciembre les vence las prórrogas forzosas, por lo que la propiedad si no quiere renovar o quiere hacer un contrato nuevo, se lo debe comunicar mínimo con un mes de antelación (No nos queda claro si dicha comunicación ya ha tenido lugar). Si no se hace, el contrato se puede prorrogar en prórroga voluntaria de 1 año, y en el otro caso, en caso de que haya habido la comunicación, podría solicitar la prórroga extraordinaria del Covid-19 de 6 meses.
La actualización del IPC tanto puede ser postivia o negativa, es decir, la renta puede aumentar o disminuir, actualmente al ser negativo, la renta disminuiria, por lo que como a la propiedad no le interesa, debería ser usted quien le comunicara a la propiedad la nueva renta actualizada.
Para más aclaraciones, le informamos que disponemos de un servicio de consulta online muy económico, el Consultorio Legal.
Saludos.
Buenos días, tengo un contrato del 01/01/2012 por 5 años y luego 3 más y sigo en el piso con reconducción tacita, la pregunta es si puedo acogerme a la ampliación por COVID-19 al tener reconducción tacita mensual..?? Es que hay rumores de que quieren vender el piso y tendré que marcharme. Espero respuesta, Muchas gracias.
Buenos días,
Tal y como esta redactado, solo permite en caso de fin de prórrogas forzosas o prórroga voluntaria, quedando dudas interpretativas. No obstante, al parecer en la web del Ministerio se indica que si cabe una segunda prórroga.
Saludos.
Buenas días,
Soy beneficiaria de la prorroga extraordinaria por el covid-19. Me gustaría seguir viviendo en mi casa. Hay alguna posibilidad para ejercitar acciones para una nueva prorroga? Es decir sería una ampliación de la prorroga ya establecida
Buenas tardes,
La reforma realizada por el Gobierno no ha previsto de forma expresa esta situación, no dice nada sobre si los contratos que ya se hayan acogido a la prórroga extraordinaria podrán acogerse de nuevo si esta finalzia antes del 31 de enero, pues el artículo solo habla de la prórroga forzosa y voluntaria, pero no menciona la extraordinaria, por lo que en este caso es mas discutible, aunque puede intentar llegar a un acuerdo con la propiedad.
Según han informado, en la web del Ministerio, se indica que si cabría una segunda prórroga.
Saludos.
Si te acogiste a la prórroga extraordinária del Covid 19 tienes derecho a una nueva prórroga de 6 meses solicitándola antes del 31 de enero 2021, dejo el enlace donde se explica: https://www.mscbs.gob.es/ssi/covid19/desahucios/contratos.htm?fbclid=IwAR2gddFqjI122dDoMZV9GlQj2j2pcHCSp_-q_FQmplcpJ_HyDOAOD-19BTU
Gracias por su aportación.
En el RD no queda claro, pero teniendo en consideració lo del Ministerio, evidentemente da más fuera a los inquilinos para solicitar dicha nueva prórroga.
Saludos.
Hola, tengo un contrato que finalizo el 1 de noviembre del 2020 y nos llamaron diciendo que si nos interesaba renovar, no sabiendo nada de estos contratos nuevos, dijimos que si que nos gustaria y el 30 de octubre nos mandaron por email un contrato de 6 meses, pero lo llamativo que dice que a los 6 meses debemos abandonar el piso con la entrega de llaves, no nos da posiblidad de renovarlo por mas tiempo , ni hacer un nuevo contrato con ellos, es legal? se pueden negar hablar con nosotros y nos darnos la posiblidad de hacer nuevo contrato, sabiendo que tiene el edificio y los estan poniendo en alquiler, los anuncios de varios pisos como el mio, estan publicados en idealista.
Muchas gracias por la respuesta
Buenos dias,
¿De que fecha era su contrato? Es necesario ver si han transcurrido las prórrogas forzosas, si hay possibilidad o no de prórroga voluntaria.
¿Usted ha firmado el documento de los 6 meses? ¿Ese documento se refiere a la prórroga del Covid?
Cuando han finalizado las prórrogas forzosas y/o voluntaria, el propietario esta en su derecho de no querer prorrogar más el contrato, cumpliendo los preavisos de la Ley, ya sea para alquilarlo a otro persona o negociar un nuevo contrato.
Saludos.
Mi contrato fue celebrado el 1 de noviembre del 2017, terminaba el 31 de octubre, que eran los 3 años legales.
Aun no he firmado el documento de 6 meses si se refiere a la prorroga de Covid.
No es posible negociarlo con nosotros sabiendo que queremos continuar en el piso.
Hola Isabel, no firmes nada. La prórroga de 6 meses por covid 19 no hay que firmar nada, simplemente solicitarla al propietario, la tiene que aceptar. lo que os quieren hacer firmar es un documento conforme vais a dejar el piso por voluntad propia, no lo firméis.
Buenas tardes. El dia 03 de enero 2021 finaliza mi contrato de 3 años . He visto que se amplio el plazo hasta el 31 enero 2021 para la proroga de 6 meses tema Covid19. El arrendatario esta obligado a aceptar la proroga ? Tiene que ser mediante burofax ?? Algun escrito ? Muchas gracias
Buenas tardes,
En su caso, si su contrato de 3 años (prorrogas forzosas), tendría la opción de prórroga voluntaria ¿El Propietario le ha enviado Burofax que no quiere prorroga voluntariamente el contrato?
En caso que no tenga opción a dicha prórroga voluntaria, si que tendria derecho a pedir la prorroga por el tema del Covid-19 por 6 meses en las mismas condiciones.
Recomendamos por escrito y mediante Burofax.
La propiedad no se puede negar.
Saludos.
El proprietario hasta ahora No me a mandado nigun burofax . Ademas estuve leyendo y No hay plazos para pedir la proroga por Covid19 . ( quiero decir que si me vence el contrato dia 3 le puedo mandar el burofax el dia 1 a la misma direccion que figura en el contrato ) Si lo hago antes del 03.01.2021 No hay nigun problema, verdad?? Ademas la proprietaria tiene su casa , el hijo tambien , etc…. Un cordial Saludo .Gracias
Mar,
Hola soy propietaria de un piso, alquilado a unos inquilinos. Se finalizaba su contrato a finales de noviembre de 2020, se les comunico de forma legal el que no se les renovaba. Ahora comunican que se acogen a la prórroga extraordinaria de 6 meses extras de alargar su fin de contrato. El problema es que yo necesito la vivienda para mí, tengo opción a comunicarles que la necesito y que no puedo aceptar esta prórroga? Se contesta por burofax?
Gracias
Buenas tardes,
¿Usted se lo había comunicado con anterioridad? Se lo pregunto porque se debe preavisar con 2 meses de antelación.
Necesitar la vivienda para uno mismo o para algún familiar de los previsto en el articulo 9.3 de la LAU es causa de denegción de la prórroga.
Saludos.
Buenas tardes. Mi contrato finaliza el 30/11/2020 era por siete años que es el máximo que estipula la ley. Por motivos urgentes he tenido que pedir la prórroga de 6 meses que aprobó el gobierno. Me lo han denegado,¿están en su derecho o puedo recurrir?
¿Que motivo le han alegado?
En principio, la prórroga es obligatoria para la propiedad, salvo supuestos de necesitar la vivienda para uno mismo.
¿De que fecha era su contrato?
Saludos.
Buenos días. Mi contrato es de fecha 25/11/2013. El motivo es que citó textualmente “la solicitud es extemporánea, toda vez que el plazo que otorga la norma está ampliamente rebasado. El estado de alarma al que hace referencia el real Decreto finalizó el 21 de junio y han transcurrido desde ese momento cuanto meses. Asimismo, la situación de su contrato tampoco está dentro de los supuestos de los artículos de la ley 29/1994 de arrendamientos urbanos”
Yo no entiendo nada, muchísimas gracias por contestar
La LAU se modifico en el junio de 2013 y estableció la duración de los contratos de 3 + 1, antes era 5 + 3, ¿La duración inicial de su contrato cual fue? Es importante este dato.
Aquí son dos cosas, ellos le dicen petición extemporanea, no estamos de acuerdo, pues el RD no fija ningún plazo para hacer dicha petición, lo único que debe hacerse por escrito y antes del vencimiento del contrato.
Y, el hecho de que le digan que su contrato no es uno de los previstos en el RD, se lo dicen porque seguramente su contato se encuentre en tácita reconducción, pues si le hicieron el contrato inicial por 3 años, una vex transcurridos los 3 años y 1 año de prórroga voluntaria, a partir del 5 año, estaría en táctica recondución, salvo que la duración inicial del contrato fuera superior.
Si lo desea, se puede subscribir al consultorio que encontrara en nuestra pagina web y le orientaremos como enfocar el asunto.
Saludos.
Mi contrato era por siete años ya que era una cooperativa y al no conocernos la hipoteca lo hicieron así para no devolvernos el dinero, el último año si hemos pagado la renta mensual acordada. De todas me suscribo a su página muchísimas gracias por todo
Buenas tardes: Durante el primer estado de alarma y el primer confinamiento solicité la prórroga de seis meses del mi contrato de alquiler. Dicha prórroga vence el 31 de diciembre. Debido a mi situación de persona de riesgo ya al actual confinamiento perimetral vigente en Andalucía, me resulta imposible encontrar una nueva vivienda. ¿Puedo solicitar una segunda prórroga debido a la segunda ola de la pandemia al amparo de la extensión del plazo (hasta el 1 de enero de 2021) decretada por el Gobierno debido a esta segunda ola?
Gracias
Buenos días,
El RD no es claro en ese sentido, pero en la web del Ministerio que aclara dicho RD si que indica que es posible acogerse a una segunda prórroga.
Saludos.
Buenas tardes, mi contrato de alquiler cumplia el 10 de julio, que hacia los 5 años. Unos meses antes, me comunicaron que si queria continual en el piso me subia el alquiler 100 euros mas al mes. Consulte y al final solicite la prórroga extraordinaria de contrato, y cumple el 10 de enero. Con la nueva renovation del gobierno, podria pedir otra prórroga extraordinaria de otros 6 meses?.
Buenos días,
En principio si al finalziar antes del 31 de enero podría acogerse a una segunda prórroga, según dispone la propia web del Ministerio.
Saludos .
El 1 de junio finalizaba mi contrato de alquiler de 3 años como arrendatario. Aunque la casera me dijo inicialmente que me iba a subir el precio, finalmente no me lo subió por la pandemia. Pero no firmé nada nuevo, ni prórroga ni nada, todo de palabra. He seguido viviendo en la casa y ahora ha vuelto a decirme que lo quiere subir en enero. ¿Puedo hacer uso ahora de la prórroga extraordinaria de 6 meses? Gracias.
Buenos días,
¿La prórroga que le hizo en junio fue la del covid-19? ¿o fue una prórroga voluntaria?
Saludos.
Gracias por contestar. Fue una prórroga voluntaria. Me llamó en abril y me dijo que me olvidase de la subida, y que se quedaba el precio igual y que en 2021 hablaríamos de nuevo. Va a llegar 2021 y me ha vuelto a decir que lo quiere subir. Ahora yo estoy sin trabajo y no puedo asumir esa subida. Y tampoco puedo buscar otro piso porque la mayoría de caseros piden las 3 últimas nóminas. ¿Qué puedo hacer? Gracias.
Si es una prórroga voluntaria del artículo 10 de la LAU es por un plazo de un año.
Si la propietaria no le envió ningún Burofax, entendemos que debería ser de un año. Y, sino siempre puede volver a pedir la prórroga del Covid.
Saludos.
Gracias por contestar. Ella insiste en que la prórroga voluntaria que me hizo sólo era hasta enero de 2021. No me mandó ningún burofax, ni un email, ni un whatsapp. Fue todo por llamada telefónica. Entiendo que no puede negarse a seguir a este precio por otros 6 meses más (ya sea por la prórroga de la LAU o por la extraordinaria del covid). No? Gracias.
Si, si no le ha comunicado nada por escrito y accepto la prórroga voluntaria, esta es de 1 año.
Saludos.
Buenas tardes,
Se me cumple la prorroga de los 6 meses del contrato de alquiler que vencio a principios de Agosto del 2020. Puedo solicitar una nueva prorroga debido a mi situación familiar con un bebe a mi cargo y sin trabajo ni yo ni mi marido?
Gracias de antemano.
Buenos dias,
En principio, si la primera prórroga le finaliza antes del 31 de enero de 2021, si que podría acogerse a una segunda prórroga, almenos así se indica en la Web del Ministerio.
Saludos.
Hola buenas tardes,
La empresa que me alquila el piso me ofrece la prorroga por 1 año con las mismas condiciones económicas que hasta ahora. El contrato finaliza este 31/01/2021. Hasta aquí bien, pero no me dicen en cuanto variarían esas condiciones sino me acogiera a esa prórroga y me hicieran un nuevo contrato. ¿Me lo tienen que decir? Creo que están especulando con eso, ya que tengo oido que los precios están empezando a bajar. Me extraña que haya salido de ellos ofrecérmelo sin haberlo yo pedido.
Gracias y saludos.
Buenas tardes,
Entiendo que ahora le finalizan los 3 años de contrato y lo que le ofrecen es la prórroga voluntaria, supongo que se lo estan ofreciendo porque si no le han avisado antes del 31 de diciembre de 2019 (1 mes antes), por Ley estan obligados a prorrogar el contrato.
Saludos.
hOLA
me gustaría saber, si es posible hacer una segunda prorroga del contrato de arrendamiento por covid, ya se hizo una y nos solicitan otra
graciias
Buenos días,
Al parecer si que se permite acogerse a una segunda prórroga, en la página web del Ministerio, que interpreta el RD así lo indica, a pesar de que el texto legal no lo especígica con claridad.
https://www.mscbs.gob.es/ssi/covid19/desahucios/contratos.htm
Saludos.
Hola, quería preguntaros ya que mi contrato de alquiler cumple el día 12/07/2021 si me puedo acoger a la prórroga de los 6 meses por COVID, muchas gracias
Buenos días,
En principio es hasta el 9 de mayo, fecha en que finaliza el Estado de Alarma. No obstante, hoy han anunciado en el Congreso la intención de prorrogarlo por 3 meses más, deberemos esperar que se publique en el BOE.
Saludos.
Muchísimas gracias por la rapidez en contestar de corazón, estaré pendiente a la publicación en el BOE para poderme acoger a la prórroga de los 6 meses muchas gracias!!!