
Alquilar una vivienda supone un coste económica inicial importante por los inquilinos, pues estos deben abonar la renta del mes corriente y la fianza, que actualmente viene siendo de dos meses de renta, así como unos posibles honorarios de la agencia inmobiliaria.
La fianza es una cantidad inicial que se entrega para garantizar que la vivienda arrendada será devuelta en las mismas condiciones en las que fue entregada al inicio del arriendo.
El propietario está obligado a depositar dicha cantidad en la Cambra de la Propiedad, en el caso de Cataluña en el INCASOL, en el plazo máximo de dos meses, pudiendo ser sancionado en el caso de no hacerlo.
¿Qué ocurre cuando finaliza el contrato? El propietario del inmueble dispone de un plazo de 1 mes para devolver la fianza. Si transcurre dicho mes y el propietario no devuelve la fianza, empiezan a devengarse los intereses legales.
Es importante cuando se devuelven las llaves que el propietario vea el estado en que se encuentra el inmueble y se firme por ambas partes y por duplicado un documento en el que se hace constar que el piso se entrega en perfectas condiciones.
En el caso de que el propietario se niegue a ir a ver el piso o diga que no puede, es importante documentar bien, mediante fotos o testigos, que el piso se entrega en perfectas condiciones, y ello para evitar, que luego el propietario pueda decir que no procede a devolver la fianza al no encontrarse la vivienda en buen estado.
¿QUÉ TENGO QUE HACER SI EL PROPIETARIO SE NIEGA A DEVOLVER LA FIANZA?
Paso 1:
Si ha transcurrido un mes desde que se entregó la vivienda y el propietario no ha procedido a la devolución de la fianza, el inquilino lo primero que debe hacer es hablar con el propietario para reclamar la devolución de la fianza.
Paso 2:
En caso que el resultado de dicha conversación sea infructuoso, en Picón Abogados recomendamos a nuestros clientes, antes de iniciar la vía judicial, remitir un Burofax al propietario del piso solicitando formalmente la devolución de la fianza por finalización del contrato, advirtiendo al propietario que en caso de no atender dicho requerimiento se emprendan acciones legales contra el mismo.
Paso 3:
Si a pesar de enviar el Burofax el propietario se niega a devolver la fianza o ni siquiera se molesta en contestar, entonces, no queda más remedio que emprender acciones legales para recuperar la fianza.
El motivo más habitual que alegan los propietarios para no devolver la vivienda son “los daños ocasionados en la misma” por ello es importante poder acreditar que dicha afirmación no es cierto y la misma se entregó en perfectas condiciones.
Si la fianza es inferior a 2.000 euros no será necesario ni Abogado y Procurador para interponer la demanda, pudiendo ser interpuesto por el propio inquilino mediante una demanda sucinta. En caso de ser superior, entonces es necesario contratar los servicios de dichos profesionales.
A pesar de no ser obligatorio comparecer con abogado y Procurador si la fianza es inferior a 2.000 €, desde Picón Abogados recomendamos almenos hacer una consulta previa al inicio de las acciones judiciales con un abogado para exponer el caso, para que el abogado pueda ver si hay posibilidades de recuperar dicha cantidad y dar una pautas mínimas al inquilino.
¿No te han devuelto la fianza? ¡Contacta con nosotros, te ayudamos en su reclamación! Llámanos al 93.487.31.67, primera consulta gratuita, consulta condiciones.
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Buenas tardes,
Yo junto con mi pareja decidimos entrar como inquilinos a una habitación en Rambla Guipuzcoa 16, Barcelona entrando el 31 de Marzo del 2019 y saliendo el 31 de Mayo del 2019, 2 meses de estadía y el arrendatario nos cobró 450 euros de fianza, el hizo un contrato manuscrito y nos aseguro que todo estaba en order. Al salir no nos dio la fianza y cuando lo confrontamos nos ignora y nos bloquea de todos sitios y no nos ha querido pagar la fianza. El arrendatario se fue de ese piso y ahora está viviendo en Av Meridiana 116, 2- 3. Quiero demandar o ir a juicio con el para que me page mi fianza y solicitar los intereses por demora de casi 1 año y me gustaria contratar un abogado para que me lleve la gestión completa de esto. Quiero saber costes y qué documentos requieren. Quedo atento a su respuesta. Gracias.
Buenos días Santiago,
Contactaremos con usted por e-mail.
Saludos cordiales.
Buenos días,
He dejado mi piso de alquiler con fecha de fin de contrato al día 01/04/2020, desde entonces no tengo respuestas del propietario, ni de eventuales defectos en el piso o otras cosas, ya paso casi 3 meses y no me ha devuelto la fianza, ya le he enviado un burofax y tampoco me contesta.
Me gustaría hacer una Demanda de Juicio Verbal Reclamando la Devolución de la Fianza del Alquiler, inferior a 2.000€, me gustaría tener una ayuda de un abogado para poder hacer los trámites legales.
Muchas gracias
Buenas tardes,
Si no habría ningun problema en aydarla a recuperar su fianza, si lo desea contacte por e-mail a monica@picon-advocats.com, para poder facilitarle un presupuesto.
Saludos.
Buenas en Abril pasado me cambie de casa, de alquiler obviamente. Meses antes nos avisaron de que iban a vender el piso y debíamos dejarlo. Nosotras por la Pandemia nos retrasamos algo, de los pagos, cosa que luego con mucho esfuerzo, lo logramos y nos fuimos sin tener deudas con los propietarios. Incluso hasta la semana pasada, pague lo que me tocaba de recibos de luz y agua, de cuando aun vivía ahí.
Pero mi tema es, que ellos hace un año más o menos empezaron a reclamar que también le debíamos el mes de mayo de 2016, algo imposible porque en esa época íbamos bien de dinero y trabajo, aparte como es posible que años mas tarde reclamen eso. Mi madre y yo, les dijimos que recordábamos que fue pagado en mayo 13 del 2016 , pero al ser tanto años atrás el banco no me mostraba la transferencia y mi banco en ese tiempo se fusiono dos veces por lo cualquiera todo un lio.
Sin embargo le dijimos que buscaríamos en el banco y sino se lo pagamos, con la condición que si salía la transferencia lo tenia que regresar. Finalmente tuvimos la mala suerte de pagarle dicho mes y a la semana , aparece desde el banco dicha transferencia y con el s¡dia y mes que le decíamos, 13 de mayo de 2016. Eso lo sabia ya que mi mama es contable y tiene todo en un cuadro, de que dia depositábamos. En fin le hemos mandado ya 4 cartas con el resguardo y la transferencia hecha , con la cuña del banco para que vea que es cierto y no responden,
Yo me mantengo a flote hoy dia gracias al imv, por lo cual ese dinero de ese mes , pagado de mas, me hace falta y aparte se probo que si se lo había pagado e su momento Que acción puedo tomar contra ellos.
Gracias
Buenos días,
Si usted lo ha reclamado extrajudicialmente y no le ha devuelto ese dinero, debería reclamarlo via judicial.
Si la cantidad es inferior a 2.000 €, puede hacer la reclamación sin abogado ni procurador, o en su caso, si no dispone actualmente de ingresos, puede pedir justicia gratuita.
Saludos cordiales.
Hola,ndespues de 12 años viviendo en un piso, nos mudamos porque los dueños decidieron vender el piso. No nos devuelven la fianza por no pintar el piso (durante todos estos años todas las reparaciones ycorrian a nuestra cuenta, hemos pintando el piso 2 veces nosotros). La ultima vez fue pintado hace 3 años, lo entregamos limpio y en buen estado. Tienen derecho a no devolver la fianza?
Buenos días,
Sobre este tema, existe abundante jurisprudencia que establece que el arrendatario que deja un inmueble arrendado no puede exigírsele que lo deje pintado o que tenga que reparar aquellas imperfecciones que se causan por el paso del tiempo.
Saludos cordiales,