
Siniestro total
SINIESTRO TOTAL VEHÍCULO TRAS ACCIDENTE DE TRÁFICO
¿Has tenido un accidente de tráfico? ¿Tu seguro ha declarado tu coche o moto siniestro total? ¡Te contamos que significa y que opciones tienes!
Tras un accidente de tráfico, las compañías aseguradoras declaran los vehículos como siniestro total cuando el valor de reparación es superior al valor del propio vehículo.
Para conocer tus derechos ante un siniestro total, es necesario distinguir si has sido el responsable del accidente de tráfico o no, así como el tipo de seguro que tenía contratado, es decir, si era a todo riego o a terceros.
ACCIDENTE DE TRÁFICO SIN CULPA
Las compañías de seguros tienen suscritos convenios entre ellas en virtud del cual quién paga los daños del vehículo de forma extrajudicial, a pesar de no tener la culpa, es tu propia compañía aseguradora.
No obstante, cuando la reclamación se hace de forma judicial, esta debe dirigirse contra la compañía de seguros del vehículo responsable del accidente.
Si el accidente de tráfico no ha sido culpa tuya, debes tener presente que resulta de aplicación el artículo 1902 del Código Civil
“El que por acción u omisión causa un daño a otro interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.
El plazo de prescripción para ejercitar la reclamación al responsable del accidente es de un (1) año desde la fecha del siniestro según lo dispuesto en el Artículo 1.968 del Código Civil.
En el caso de que tu vehiculo sea declarado en siniestro total, tienes varias opciones:
Reclamar la máxima indemnización sin quedarte con los restos del vehículo:
En este caso, tienes derecho a reclamar una indemnización correspondiente al valor venal del vehículo siniestrado más un porcentaje de dicho importe como valor de afección. El porcentaje del valor de afección puede variar según criterios jurisprudenciales de cada zona.
Las compañías aseguradoras solo suelen hacer oferta motivada por el valor venal y no por el valor de afectación.
Reclamar la máxima indemnización quedándome con los restos del vehículo:
En este caso, al igual que al anterior, tienes derecho a reclamar una compensación que será el valor venal del vehículo siniestrado más un porcentaje como valor de afección, debiéndose de restar el valor de los restos.
Al igual que al caso anterior, las compañías aseguradoras al hacer la oferta motivada no suelen incluir el valor de afección.
Reparar el vehículo y reclamar el coste de reparación a la compañía de seguro:
Otra opción es proceder a reparar el vehículo, abonando la factura, para luego reclamarlo a la compañía de seguros.
Esta opción conlleva algunos riesgos, pues en el caso de que el valor de reparación sea muy elevado y la compañía no se quiera hacer cargo de forma extrajudicial, deberá acudirse al Juzgado. Y los jueces pueden considerar la operación como “anti-económica” y condenar a la aseguradora solo al pago de parte del coste de reparación.
ACCIDENTE DE TRÁFICO CON CULPA
Si has sido el responsable del accidente de tráfico sufrido, solamente tendrás derecho a ser indemnizado por la pérdida total del vehículo en el caso de tengas contratado un seguro a todo riesgo.
El importe de la indemnización será el establecido en las condiciones particulares y generales de la póliza de seguro. En algunas pólizas se establece una indemnización igual al valor venal, otras con el valor de mercado, entre otros criterios.
Para saber si la oferta que hacer la compañía es adecuada, será necesario examinar las condiciones de la póliza y comprobar los valores.
Si dicha oferta no es ajustada, tienes derecho a reclamar, siendo el plazo para reclamar de dos (2) años.
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