
REBAJAR PENSION ALIMENTOS HIJOS CORONAVIRUS
REBAJAR PENSION ALIMENTOS HIJOS CORONAVIRUS
La crisis sanitaria del coronavirus comporta también una importante crisis económica y social que tiene importantes consecuencias en varios ámbitos, como por ejemplo en el derecho de familia.
En los últimos días se han incrementado considerablemente las consultas de padres o madres divorciados preguntando si pueden solicitar una reducción de la pensión de alimentos al haberse visto afectados a nivel laboral y económico por la crisis del Covid-19, ya sea por un ERTE, por un despido, etc.
A tal efecto, debemos de recordar que el Real Decreto Ley 16/2020 de medidas de agilización de la Justicia, ha creado un PROCEDIMIENTO ESPECIAL Y SUMARIO EN MATERIA DE FAMILIA que precisamente quiere dar respuesta, con carácter urgente, a las peticiones de revisión de las pensión de alimentos de los hijos o pensiones compensatorias cuando ha habido un cambio sustancial en las circunstancias económicas a raíz del Covid-19.
Todas aquellas personas que se encuentren pagando pensiones de alimentos a sus hijos o una pensión compensatoria a su ex, y hayan sufrido un empeoramiento económico importante a raíz del Covid-19 –afectado ERTE, desempleo, autónomo con reducción de ingresos, etc)–, pueden solicitar una reducción de dichas pensiones a través del Procedimiento Especial y Sumario aprobado por el Gobierno.
Este procedimiento especial y sumario se podrá instar desde su aprobación hasta los 3 meses siguientes a la finalización del estado de alarma. Una vez transcurrido dicho plazo, la modificación de la pensión deberá tramitarse como se hacía hasta ahora a través de los cauces del procedimiento de modificación de medidas.
En Picón Abogados, le recomendamos que si encuentra en alguno de los casos descritos, lo primero que debe hacer sea consultar su caso con un abogado, a fin de que estudie su caso y la viabilidad de dicha petición de reducción.
“Intentar llegar a un acuerdo con carácter previo a la vía judicial”
En Picón Abogados recomendamos a nuestros clientes, con carácter previo a la vía judicial, intentar llegar a un acuerdo con la otra parte de reducción de la pensión de alimentos, ni que sea con carácter transitorio, mientras se mantengan las situación que provoca la reducción de ingresos, por ejemplo, mientras el obligado el pago se encuentre afectado por un ERTE.
En caso de no ser posible dicho acuerdo, la única vía ser acudir a los tribunales, que no es la vía deseable dado el gran colapso de la justicia que se prevé, la cual no podrá dar una respuesta rápida a las peticiones de las partes.
Para el procedimiento especial y sumario es preceptiva la intervención de Abogado y Procurador de los Tribunales.
¡En Picón Abogados tenemos una larga trayectoria como abogados de derecho de familia, nos gustaría conocer tu situación y ayudarte a encontrar una solución! ¡Llámanos!
¡Picón Abogados su despacho de abogados en Barcelona de confianza!
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