
Divorcio internacional
DIVORCIO INTERNACIONAL
El mundo globalizado donde vivimos no solo tiene incidencia en las relaciones comerciales, sino que afectan a otros muchos ámbitos, incluida la relación entre las personas.
En el artículo de hoy vamos a hablar del divorcio internacional, pues cuando se da un elemento internacional debemos preguntarnos:
¿Dónde puedo divorciarme? ¿Qué Ley resulta aplicable?
Dichas cuestiones tienen gran trascendencia y es importante estar bien asesorado.
¿Cuándo hablamos de divorcio internacional?
Son varios los supuestos que pueden darse y que tengan dicha consideración, como por ejemplo:
Matrimonio contraído por personas de distintas nacionalidades.
El Matrimonio contraído por extranjeros en un país que no es el de su origen.
Matrimonio contraído en un determinado país, residiendo en el momento del divorcio en un país distinto.
El matrimonio reside en un país donde uno o ambos cónyuges no son nacionales.
En todos estos casos, estaremos ante un matrimonio internacional, y por lo tanto, al producirse la ruptura matrimonial, también estaremos delante de un divorcio internacional.
CONSULTAR CON UN ABOGADO
Cuando se dé un elemento internacional en tu matrimonio o relación de pareja y te plantes la ruptura, debes acudir a un abogado de derecho de familia para que te indique:
En qué país se debe presentar la demanda de divorcio o separación.
Que ley se va aplicar al proceso de divorcio, pues es posible que la competencia judicial corresponda a un determinado país, pero la Ley aplicable sea la de otro país distinto.
COMPETENCIA DIVORCIO INTERNACIONAL
Lo primero que debe determinarse es la competencia judicial
El Reglamento Bruselas II Bis es el Reglamento aprobado por la UE que contiene normas de competencia en materia matrimonial y responsabilidad parental, conforme a la cual, el divorcio podrá presentarse en España cuando:
La residencia habitual común de los cónyuges este en España
La última residencia habitual común estaba en España y uno de ellos aún reside aquí.
La residencia habitual del demandado está en España.
La residencia habitual del demandante está en España, siempre que resida aquí almenos un año antes de la interposición de la demanda si no es nacional o 6 meses si es nacional.
Ambos conyugues tienen nacionalidad española.
En el caso que con las reglas del Reglamento Bruselas II no se pudiera determinar la competencia o en el caso que no resulte aplicable, la competencia deberá determinarse conforme al artículo 22.3 de la LOPJ establece tres fueros de competencia a favor de los Juzgados de Primera Instancia de España:
Cuando ambos progenitores tengan su residencia habitual en España al momento de presentar la demanda.
Si el demandante sea español y resida habitualmente en España.
Cuando ambos tengan la nacionalidad española siempre que se trate de un divorcio de mutuo acuerdo.
LEY APLICABLE DIVORCIO INTERNACIONAL
En cuanto a la Ley aplicable la cuestión aún se complica aún más cuando se da un elemento internacional, pues por un lado está la Ley aplicable al régimen económico matrimonial en defecto de capitulaciones matrimoniales; por otro lado está la Ley aplicable al divorcio o separación y por último esta la ley aplicable.
Por lo que es necesarios analizar caso por caso las circunstancias concurrentes para determinar la Ley aplicable al caso.
Es muy importante, estar en todo momento bien asesorado no solo ante una crisis matrimonial, sino incluso antes de contraer matrimonio, pues hacer las cosas bien desde un principio puede comportar ahorrarse problemas en un futuro.
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Buenas tardes.
He querido mandar este email para recibir información.
Les cuento mi situación:
Soy ciudadana española y de EEUU. Estoy casada en EEUU con un ciudadano americano de descendencia india( con El matrimonio registrado en el consulado de San Francisco) . Actualmente volvimos el verano pasado desde EEUU y yo resido en España con mis dos hijos mientras que él se volvió a su pais de origen ( India). Mi intención desde hace tiempo es poder divorciarme de él ya que siempre ha sido una persona muy abusadora. Estoy teniendo muchos problemas para encontrar un abogado que me pueda tramitar el divorcio aquí y en EEUU, ya que al ser ambos ciudadanos no quiero seguir casada en Ese país con él.
Yo nunca lo he denunciado por malos tratos pero tengo grabaciones y mensajes que lo demuestran, así como el testimonio de mis hijos, ya que ambos han sido testigos de los abusos.
Mi intención es simplemente divorciarme aquí y en EEUU, no pretendo complicar las cosas ni denunciarlo, aunque bien es cierto que no sé si tendria que hacerlo de mutuo acuerdo o necesitaría llevarlo a juicio ya que él de monento no desea el divorcio.
Querria tener una idea de como sería el proceso en ambos casos ( mutuo acuerdo y por juicio). Asi como una idea de lo que podría ser el coste de dicho proceso y saber si seria posible hacerlo desde España o tendría que viajar a EEUU y contratar abogado alli.
Èl nunca ha sido residente en España, consiguió su tarjeta de residencia pero tan pronto como la consiguió se marchó del país. Nuestra última vivienda conyugal fue en Florida aunque nuestro matrimonio fue en California en el 2004.
Les agradeceria muchísimo un poco de luz a mis dudas y que me dejaran saber si sería posible un divorcio desde aquí o no me quedaría otra posibilidad más que divorciarme en EEUU.
Mil gracias, un saludo
Atentamente Maria José Gòmez
Buenos días Maria José,
Si usted es nacional española y actualmente reside en España con los hijos, en principio los Juzgados de Familia de España tendrían competencia para poder tramtiar el divorcio y regular los efectos de dichos divorcio. Otra cosa, es los efectos de la sentencia de divorcio en España a EEUU y ver la ley aplicable al caso, esto necesitariamos más datos para poder valorarlo.
¿Los hijos aún son menores?
En su caso, si su marido no quiere divorciarse, el mutuo acuerdo es complicado, ya que ambos deberían estar de acuerdo en el divorcio y en los términos del mismo. El mutuo acuerdo es el proceso más sencillo y rapido, se trata de redactar el convenio regulador y presentarlo al Juzgados, luego se tiene que ir un día a hacer la ratificación, es un acto para decir que la firma que consta en el convenio es suya y esta conforme con lo que firmo.
Y, si es contencioso, es más complejo, ya que debe celebrarse juicio y practicarse pruba.
Si desea más información, y a los efectos de que toda la información quede debidamente protegida, dado que el Blog es público y otros usuarios pueden leer su comentario, le recomiendo que se subscriba al Consultorio LEgal Online, donde únicamente nuestros abogados podrán tener acceso a la infroamción por usted facilitada, y le podrán resolver todas sus dudas con detenimiento.
Le dejo el enlace:
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Soy italiano residente en España ,esposa argentina ,vive en Argentina ,necesito tramitar mi divorcio desde España , no hay bienes ,no hay hijos menores ,solo hijo de 20 años .gracias
Buenos días,
Ruego contacte con nosotros para facilitarle un presupuesto a info@picon-advocats.com
Saludos.
Mi hijo reside en Moscú, se acaba de separar y tienen en común de 8 años.
Su mujer no le dejaba ver al niño a solas, ahora se ha ido de vacaciones a casa de los padres y no le deja visitarlo, está pendiente de medidas por el juez, pero siempre se pospone la vista, era el 20 de abril, pasó al 2 de junio, ahora él 20 de julio..
A nosotros, sus abuelos, no nos deja hablé con el niño por teléfono ni podemos viajar a Rusia por el covid.
Nos gustaría saber si podemos pedir medidas de visitas a nuestro nieto.
Dónde pedirlas? Y cómo pedir un régimen de visitas para nosotros?
Buenas tardes,
¿Sus nietos residen en Moscú?
¿Su hijo y su esposa de que nacionalidad son?
Buenos días, mi hijo, mi nieto y mi nuera residen en Moscú.
Mi hijo es español, mi Nury rusa y mi nieto tiene la doble nacionalidad rusa y española.
Mi nuera no deja qué su padre vea a su hijo y tampoco nos deja a nosotros hablar con nuestro nieto por teléfono,zoom ni Skype.
Mi hijo sigue pendiente de las medidas de visita a su hijo por el juez, ahora le volvieron a retrasar el juicio al 6 de agosto, mi nuera esto retrasando el juicio continuamente.
A nosotros, sus abuelos qué no poder viajar a Rusia por el covid, Rusia no da visados, nos gustaría saber qué podemos hacer para poder hablar con nuestro nieto, si podemos poner una demanda desde aquí, o si la debemos poner en Rusia si tenéis algún despacho o contacto en Moscú. Gracias
Buenos días,
Dado que los 3 residen en Rusia, y ella es nacional de dicho país, entendemos que la competencia seria de los Juzgados de allí.
No tenemos contacto con ningún despacho en Rusia.
Saludos.
Hola soy hondureño de nacimiento me casé en Taiwán hace solo 6 meses por problemas de cultura me quiero divorciar y quería saber si ustedes me podrían ayudar de como puedo hacer para hacerlo sin ir a este país .
Gracias
Buenos días Edgardo,
Si el último domicilio de ambos cónyuges es en España, se podría tramitar aquí el divorcio ¿hay hijos menores de edad? Salaudos cordiales,