
Declaración herederos.
LA DECLARACIÓN DE HEREDEROS
PASO A PASO
El fallecimiento de un ser querido es uno de los momentos más duro que debemos hacer frente las personas.
A pesar del dolor y el vació que queda tras la pérdida de un ser querido, las personas deben seguir adelante y una de las cosas que deben hacerse es aceptar la herencia. Por ello, en Picón Abogados queremos hacer las cosas fáciles para todos usted y resolver sus dudas.
¿Qué sucede cuando un familiar fallece sin haber otorgado testamento?
Son muchas las personas que a lo largo de su vida NO han otorgado ningún testamento, es precisamente en estos casos cuando debe procederse a realizar la DECLARACIÓN DE HEREDEROS.
La declaración de herederos es un procedo mediante el cual se determina los herederos de una persona que ha fallecido o bien sin testamento o con un testamento ineficaz.
La declaración herederos solo determina las personas llamadas a heredar, por lo que tras hacer dicho trámite, es necesario, al igual que la sucesión intestada, proceder a aceptar la herencia.
¿Quién tiene derecho a ser heredero?
En el caso de que el causante no hubiera otorgado testamento o hubiera otorgado uno el cual resulte ineficaz por algún motivo, es la Ley la que fija las personas que tienen derecho a heredar. En Cataluña el orden es el siguiente:
¿Quién hace la declaración de herederos?
La declaración de herederos debe hacerse ante Notario.
Con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción voluntaria del año 2015, en el Notario solo se podía hacer la declaración de hederos de descendientes, cónyuge o ascendientes, no así la de colaterales que debían acudir al Juez.
Ahora, se ha simplificado y toda declaración de herederos debe hacerse antes notario.
Los notarios que puede realizad la declaración de herederos son los siguientes:
El del último domicilio o de la residencia habitual del causante
El de donde estuviere la mayor parte de la herencia.
El del lugar de fallecimiento.
O el de un distrito colindante a los anteriores.
¿Qué documentos son necesarios?
Los documentos necesarios serán distintos en función de las personas que vayan a heredar. No obstante, los documentos habituales son los siguientes:
Certificado defunción causante
Certificado últimas voluntades causante
Libro de familia
Certificados literales de nacimiento de los herederos
Certificados literales de defunción de alguno de los herederos
Certificados literal de matrimonio
DNI del requiriente
¿Cómo se hace la declaración de herederos?
En primer lugar, alguna de las personas interesadas en la herencia debe hacer un requerimiento al Notario para hacer la declaración de herederos.
El Notario expedirá un acta notarial, en la cual incluirá el nombre y direcciones de las personas con derecho a heredar, y se firmara por el Notario y el interesado.
El interesado debe aportar prueba documental, es decir, aportar los originales de los documentos anteriormente referenciados, así como deberá practicarse prueba testifical por dos testigos propuestos por el interesado que no tengan derecho a la herencia.
El Notario tiene que dar publicidad dicha acta notarial tanto en el BOE como en el Tablón de Anuncio del Ayuntamiento donde hubiera tenido la última residencia el causante.
Pasados 20 días desde la firma del requerimiento notarial, el Notario expedirá el acta de declaración de herederos ab intestato.
¿Y después?
El siguiente paso es aceptar la herencia.
ACEPTAR LA HERENCIA
PASO A PASO
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Tienen alguna responsabilidad los testigos que sin consentimiento de uno de los herederos hacen declaracion falsa en notario con datos inventados.en una declaracion de herederos.
Gracias
Deberiamos saber mas datos para decirle las consecuencias de dicha falsedad. ¿De que acto notarial se trata?