
¿Se puede condicionar la entrega de las llaves a la devolución de la fianza?
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Para que proceda la devolución de la fianza en un contrato de arrendamiento, previamente se debe proceder a la resolución del contrato. En muchas ocasiones, en el momento que se procede a la entrega de llaves y de la posesión de la vivienda, no se procede simultáneamente a la devolución de la fianza.
Ante esta situación, algunos arrendatarios se preguntan si pueden condicionar la entrega de llaves a la devolución de la fianza? La respuesta correcta es NO.
Por ejemplo, un inquilino procede a depositar las llaves de la vivienda arrendada en una Notaria, pero pone como condición para la entrega de las llaves del dueño que este proceda a la devolución de la fianza.
El criterio mayoritario de los Tribunales es que la condición de entrega de la fianza para la entrega de las llaves no comportaría una efectiva entrega de la posesión del bien, por lo que no podría entenderse resuelto el contrato de arrendamiento, y se continuaría devengando las rentas de alquiler.
En ese sentido, la sentencia de 17 de febrero de 2015 de la Audiencia Provincial de Barcelona, entre otras, dispone que:
La arrendataria, considerando que se le había impedido el goce pacífico del inmueble, desalojó la vivienda y otorgó un acta de depósito de llaves ante Notario, requiriendo al Fedatario para su entrega sólo en tres supuestos: con su consentimiento, mediante mandato judicial o sentencia que resuelva la controversia, o mediante el abono de la fianza, así como los gastos de la agencia, y el pago íntegro de los gastos notariales, y que no se le remitiera ninguna otra factura en concepto de suministros […] No procede la restitución de la cantidad de 1.000 euros depositada en concepto de fianza porque el depósito de llaves condicionado no implica la entrega efectiva de la posesión.
Por lo tanto, no se producirá la entrega de la posesión del bien cuando se imponga como condición que el arrendador previa o simultáneamente devuelva la fianza. En estos casos, a fin de evitar el devengo de las rentas, la mejor opción es hacer la entrega de llaves sin condición alguna, y si luego el propietario de devuelve la fianza, interponer el correspondiente proceso judicial para reclamar la devolución de la fianza.
¡Picón Abogados su despacho de abogados en Barcelona de confianza!
¿Quiere estar informado sobre aspectos legales de actualidad?
Déjenos su email para estar al día de todos los aspectos relevantes hoy en día sobre el DERECHO. Enviándonos su nombre + email, acepta nuestra Política de Privacidad. Sus datos, con nosotros, están protegidos.