En el artículo de hoy vamos a hablar del régimen económico matrimonial. Muchos de vosotros os preguntareis:
¿Qué es el Régimen Económico Matrimonial?
El régimen económico regula los efectos patrimoniales del matrimonio, siendo de gran importancia durante el matrimonio y, sobretodo, para el momento de la disolución.
El Código Civil de Cataluña contempla tres tipos de régimen ecónomicos:
No obstante, debe indicarse que también se contemplan en el Código Civil Catalán otro tipo de régimen de mayor entidad, tales como la asociación a compra y mejoras, el pacto de mitad por mitad o el pacto de conveniencia.
El régimen de separación de bienes se caracteriza porqué cada uno de los cónyuges tiene su patrimonio por separado, es decir que tanto los bienes que tenía un cónyuge antes de contraer matrimonio como los que adquiere con posterioridad pertenecen a cada cónyuge.
Por el contrario, en el régimen de gananciales o comunidad de bienes, los cónyuges no tiene la propiedad de sus bienes por separado con en la separación de bienes, sino que tendrán un patrimonio propio y un patrimonio común, es decir, algunos bienes tendrán el carácter de bienes comunes como por ejemplo las ganancias obtenidas por la actividad profesional y habrá otros bienes que serán privativos de cada cónyuge, como por ejemplo los bienes de los que era propietario cada uno de los cónyuges antes de contraer matrimonio.
Y, como termino intermedio, está el régimen de participación en las ganancias, como su propio nombre indica, es aquel régimen que atribuye a cada cónyuge en el momento en que se extingue el matrimonio el derecho a participar en el incremento patrimonial obtenido por el otro durante la vivencia del matrimonio.
En posteriores post, procederemos a analizar con mayor profundidad cada uno del régimen económico matrimoniales.
¿Qué régimen económico matrimonial tengo?
El régimen económico matrimonial será el determinado por los cónyuges. En caso de no haber optado por un régimen u otro, en el caso de resultar de aplicación en Código Civil de Cataluña el régimen económico matrimonial será el de separación de bienes mientras que el Código Civil establece el régimen de gananciales.
¿Cómo puedo escoger el régimen económico del matrimonio?
La forma de hacerlo es a través del otorgamiento de Capitulaciones matrimoniales. Las capitulaciones matrimoniales es como un contrato que fija las reglas que deben regir el aspecto económico del matrimonio respetando lo establecido en la Ley.
Las capitulaciones matrimoniales deben otorgarse mediante Escritura Pública ante notario. Puede otorgarse tanto antes de casarse como después. De modo que, mediante las capitulaciones se puede modificar el régimen económico matrimonial, teniendo procederse a la liquidación del régimen económico matrimonial que regía con anterioridad.
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