
ME AHOGO CON LAS DEUDAS
¿QUÉ PUEDO HACER?
Tener deudas es una situación habitual para algunas personas y/o empresa, que puede conllevar a largo plazo importantes problemas.
Si una persona o empresa está endeudada y por la situación actual no tiene dinero suficiente para afrontar los pagos, lo último que debe hacer es quedarse de brazos cruzados, sino intentar llegar algún acuerdo con sus acreedores sobre la forma de abonar las cantidades pendientes, para empezar así a sanear y mejorar la situación económica, en caso contrario, la situación se iría agravando cada vez más.
NEGOCIA CON TUS ACREEDORES Y ALCANZA ACUERDOS
Si la situación aún no es insostenible, en Picón Abogados lo que recomendamos es iniciar una negociación con cada uno de los acreedores para llegar acuerdo de pago que pueden ser de varios tipos: i) un pago con quita; ii) un pago fraccionado de la deuda; iii) un pago aplazado de la deuda, entre otros.
Es importante hacer estos acuerdos por escrito, y en el caso que por el acreedor se hubieran iniciado acciones judiciales, es importante que en el acuerdo se prevé que sucede con las costas y los intereses, pudiéndose presentar el acuerdo para su homologación judicial así como solicitar la suspensión del proceso judicial en caso de pago fraccionado o aplazado o el archivo del mismo en caso de pago con quita.
CONCURSO DE ACREEDORES O LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD
En caso de que la situación sea insostenible y grave, si el deudor es una empresa la mejor opción es presentar un concurso de acreedores. En el concurso se puede o bien llegar a un acuerdo con los acreedores formalizando un Convenio de Pago o bien proceder a la liquidación de la sociedad.
Es importante no proceder al “cierre de hecho” de la empresa pues luego se pueden dar demandas de responsabilidad contra los administradores de la empresa y, en caso de ser condenados, estos deberán responder de las deudas con su propio patrimonio.
Si eres una persona física debes tener en cuenta la existencia de la Ley de Segunda Oportunidad.
La Ley de Segunda Oportunidad es un proceso para negociar en primer término con los acreedores un acuerdo de pago, y en caso de no ser posible, pedir al Juez la cancelación de las deudas.
Se pueden acoger a esta ley las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:
Acreditar que no se tiene patrimonio para hacer frente a las deudas o que éste ya se ha liquidados. No superar los 5 millones de euros de deuda.
La buena fe del deudor.
Por ello, si te encuentras en una situación de endeudamiento no te quedes de brazos cruzados, asesórate con profesionales de todas las opciones que tienes para intentar superar esta mala situación y sanear tu económica o la de tu empresa.
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