
LOS 9 PASOS PARA CREAR UNA SOCIEDAD
¿Tienes una idea de negocio y la quieres desarrollar? ¿Quieres crear una sociedad mercantil?
Entonces este artículo te interesa, descubre todos los pasos que debes seguir para materializar tu idea de negocio e iniciar la actividad.
DECIDIR EL TIPO DE EMPRESA QUE QUIERES CREAR
Hay muchas formas jurídicas a la hora de crear una sociedad, no obstante el tipo de sociedad más utilizado, sobre todo para pequeñas y medianas empresas es la Sociedad Limitada (SL).
Para decidir qué forma jurídica se adapta mejor a tu idea de negocio, lo mejor es buscar asesoramiento con un abogado especializado en derecho mercantil para que te pueda exponer las distintas formas jurídicas que pueda adoptar una empresa y cuál es la que mejor se adapta.
REGISTRAR EL NOMBRE DE LA EMPRESA
Una vez tengas la decidida la forma jurídica de la empresa, es momento de iniciar los trámites para su constitución. Si la opción es una SL o SA, el primer paso es registrar el nombre de la empresa, para ello debes solicitad el “certificado negativo de denominación social” al Registro Mercantil Central.
Una vez el Registro Mercantil expide el certificado, este tiene una validez de 6 meses, transcurrido el cual sin haber solicitado su renovación, el nombre lo puede solicitar cualquiera.
ABRIR UNA CUENTA BANCARIA A NOMBRE DE LA EMPRESA
El siguiente paso, será abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa e ingresar el capital social a fin de que la entidad bancaria emita un certificado sobre el ingreso realizado, certificado que se deberá aportar ante el Notario para la constitución de la empresa.
REDACTAR LOS ESTATUTOS SOCIALES
Antes de otorgar la escritura pública de constitución, debe procederse a redactar los Estatutos Sociales, que no es otra cosa, que las normas que regirán la empresa.
En los Estatutos Sociales hay un contenido mínimo que debe constar, tales como:
- Denominación social
- Objeto social, el domicilio social
- Capital social
- Participaciones sociales
- Sistema de administración de la sociedad.
Para la redacción de los estatutos sociales, si bien hay modelos tipo que pueden servir, desde Picón Abogados recomendamos acudir a un abogado especializado para nos asesore y “redactar unos estatutos sociales a medida”.
FIRMA ESCRITURA PÚBLICA CONSTITUCIÓN SOCIEDAD
Una vez redactados los estatutos sociales ya podemos pedir cita en la Notaria para otorgar la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad. En este acto deberá aportarse la siguiente documentación:
- Estatutos Sociales
- Certificación negativa del registro mercantil central
- Certificación bancaria de la aportación dineraria del Capital Social.
- DNI original de cada uno de los socios fundadores.
- Declaración de inversiones exteriores en el caso de que alguno de los socios es extranjero
LIQUIDAR LOS IMPUESTOS
Actualmente la constitución de sociedades está exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por establecerlo así el Real Decreto Ley 13/2010 de 3 de diciembre. No obstante, a pesar de estar exento se debe presentar la liquidación de exento a la Agencia Tributaria Correspondiente.
OBTENCIÓN DEL NIF, ALTA EN EL IAE Y DECLARACIÓN CENSAL
El siguiente paso sería ir a Hacienda para obtener el NIF provisional de la sociedad, dicho trámite debe hacerse mediante el modelo 036 adjuntando copia del DNI del solicitante y la fotocopia de la Escritura de constitución de la Sociedad. El NIF provisional tiene una validez de 6 meses.
Asimismo, también debes proceder a dar de alta la sociedad en el IAE así como la declaración censal donde se debe detallar el inicio de actividad, en su caso la modificación o cese de actividad.
De todos estos trámites se puede ocupar el abogado designado o incluso la propia notaria.
INSCRPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL
Finalmente, la sociedad debe inscribirse en el Registro Mercantil de la Provincia donde se ha fijado el domicilio social de la sociedad. El plazo para la inscripción es de 6 meses desde la fecha de la Escritura Pública de Constitución, donde deberá aportase la siguientes documentación.
- Copia auténtica de la escritura de constitución de la Sociedad
- Certificación negativa de denominación social
- Documento acreditativo de haber liquidado el ITPyAJD
- Copia del NIF Provisional
OBTENCIÓN DEL NIF DEFINITIVO
Una vez inscrito en el Registro Mercantil, ya podemos solicitar el NIF definitivo de la sociedad.
SOCIEDAD CONSTITUIDA
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No obstante lo anterior, actualmente para las Sociedades de Responsabilidad Limitada con un capital social no superior a 3.100 euros, se puede crear una sociedad por internet (CIRCE). Para ello, debe rellenarse el Documento Único Electrónico (DUE) y después ir a la Notaria para otorgar la Escritura Pública de Constitución. Tras él envió del DUE cumplimentado de forma telemática, se inicia la tramitación telemática, donde se remite a cada organismo la parte del DUE que corresponde para que realice la tramitación que corresponda.
En otro post, detallaremos más los pasos a seguir para la constitución telemática de una Sociedad Limitada.
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