CONTEXTO

La Sra. MD.S.S el 31 de marzo de 2015 cuando se encontraba paseando por la localidad de Mollet del Valles sufrió una caída a consecuencia del mal estado de la acera en la que había un suelo irregular y un agujero no señalizado, habiendo sufrido importantes lesiones habiendo precisado de un periodo de curación de 180 días y habiéndole quedado secuelas.
Marco Legal
El artículo 106 de la Constitución reconoce el derecho de los particulares a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes o derechos siempre que sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de un servicio público.
Ese derecho fue desarrollado por el artículo 139 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, actualmente regulado en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, donde se regula la responsabilidad patrimonial de la administración pública.

Estrategia
En el presente caso, antes de acudir a la vía judicial se tramitó la correspondiente reclamación patrimonial contra la administración pública por la vía administrativa la cual fue desestimada, por ello, se interpuso el correspondiente proceso judicial para solicitar la indemnización por los lesiones y secuelas sufridas por la clienta aportando la correspondiente prueba pericial.
Resultado
En el presente caso, el Juez de primera instancia desestimo el recurso contencioso administrativo interpuesto al considerar que, si bien quedo debidamente acreditado el momento, lugar y circunstancias de la caída, así como el mal estado de la acera, no considero que hubiera nexo causal al haberse roto dicho nexo por la conducta de la propia víctima al considerar que la misma hubiera podido evitar la caída si hubiera emprado una diligencia mínima.
La sentencia fue recurrida en segunda instancia y la Audiencia Provincial revocó la misma y estimó el recurso interpuesto al considerar que sí que existía responsabilidad del Ayuntamiento de Mollet del Valles el cual había incumplido su deber de vigilancia y mantenimiento de la vía y condenó al mismo a indemnizar a en la cantidad de 16.393 €