
IRPF Y VENTA VIVIENDA HABITUAL ¿EN QUÉ CASOS ESTÁ EXENTO?
LA VENTA DE LA VIVIENDA HABITUAL POR PERSONAS MAYORES DE 65 AÑOS
“Exentos de IRPF”
La norma general es que el dinero de la venta de la vivienda habitual está exento de IRPF cuando el importe total contenido por la compraventa se reinvierta en la adquisición de otra vivienda habitual o en la rehabilitación de la vivienda que será la habitual.
No obstante lo anterior, las personas mayores...