Sustracción de menores
La sustracción de menores
¿Qué es? ¿Qué puedo hacer?
Tras unos días de vacaciones, el equipo de PICON ABOGADOS ya está de vuelta, teniendo preparados nuevos artículos para publicar en nuestro Blog durante los próximos meses.
En el post de hoy nos vamos a centrar en un tema que durante este verano se han publicado distintas noticias en los medios de comunicación, y es el tema de la sustracción de menores, donde se ha tratado un caso muy mediático como es el de “Juana Rivas”.
El caso de Juana Rivas empezó cuando en mayo de 2016, la Sra. Rivas marcho de Italia donde residía con sus hijos y su pareja y se fue a España a pasar unos días de vacaciones. No obstante, la Sra. Juana Rivas y sus hijos no regresarán a Italia y se quedaron en España. Es entonces cuando la Sra. Rivas es acusada de sustracción internacional de menores y es obligada a entregar a los menores al padre para que regresen a Italia.
La sustracción internacional de menores se produce cuando un menor es trasladado ilícitamente por uno de los progenitores sin el consentimiento de otro a otro país, violando así el derecho de custodia compartida o derecho de visitas que tenga atribuido el otro progenitor.
Desde el equipo de PICON ABOGADOS recomendamos que ante la sospecha de que se pueda producir una sustracción de un menor, busquen asesoramiento especializado en esta materia a fin de poder solicitar unas medidas cautelares que eviten tal sustracción, así como para que le informen cuales son los pasos a seguir para el caso de que dicha sustracción finalmente se materializara.
En el año 2002 con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 9/2002, de 10 de diciembre, sobre sustracción de menores, no solamente se limitó a modificar el Código Penal para prevenir la sustracción de menores, sino que también se regularon una serie de medidas en el ámbito civil para prevenir dichas situaciones.
En un procedimiento de nulidad, separación o divorcio, tanto en el ámbito de las medidas definitivas como provisionales, el Juez puede adoptar una serie de medidas ante el riego de sustracción del menor, tales como:
- Prohibir la salida del menor del territorio nacional sin autorización judicial previa.
- Prohibir la expedición del pasaporte del menor o la retirada del mismo.
- Someter a autorización judicial previa de cualquier cambio de domicilio del menor.
Cada vez son más los jueces que dentro de las sentencias incluyen cláusula sobre la necesidad de autorización de ambos progenitores para que el menor pueda viajar fuera del territorio Español.
Además de solicitar las medidas cautelares anteriormente reseñadas, ante el temor fundado de que pueda producirse la sustracción de los menores se puede presentar una denuncia por amenaza de sustracción de menores.
¿Y, si finalmente se produce la sustracción del menor? Entonces debe procederse a presentar una denuncia de sustracción de menores e iniciar el procedimiento correspondiente de restitución del menor a fin de que el menor regrese así como instar también el correspondiente procedimiento civil de medidas materno filiales.
No debe olvidarse que el traslado de un menor a otro país sin el debido consentimiento del otro progenitor o, en su defecto, autorización judicial, puede ser constitutivo de un delito.
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