Las relaciones de pareja son complejas y no todos los matrimonios culminan con éxito, sino que hay parejas que deciden continuar su camino por separado por su propio bien y el de sus hijos.
Cuando una pareja llega a esta situación y toma la decisión de poner punto y final a la convivencia marital debe plantearse la siguiente pregunta:
¿Qué es mejor separarse o divorciarse?
Para poder responder a esta pregunta es necesario conocer el caso en concreto y los motivos de la decisión de poner fin al matrimonio.
Aunque para algunas personas la separación y el divorcio sea lo mismo, en realidad son dos cosas distintas.
La separación es el cese de la vida en común de los cónyuges, con el cese de las obligaciones que ello conlleva, sin romper el vínculo matrimonial, en otras palabras, separarse significa dejar de vivir juntos pero continuando siendo marido y mujer, el divorcio es la disolución del vínculo matrimonial.
La separación puede ser de hecho, cuando los cónyuges se separan sin intervención judicial, o separación de derecho que es cuando se interpone la correspondiente demanda de separación.
¿Una persona separada judicialmente puede contraer matrimonio con otra persona?
La respuesta es NO, puesto que con la separación no se disuelve el vínculo matrimonial. En este caso, para poder contraer de nuevo matrimonio, deberá divorciarse primero de su ex pareja.
¿Y si nos reconciliamos?
Pues si una pareja separada judicialmente con el paso del tiempo se reconcilia, al no haberse disuelto el vínculo matrimonial, no es necesario contraer matrimonio, sino solamente comunicarlo al Juez que dictamino la separación para dejar sin efecto la misma.
En cambio, con el divorcio además de cesar la convivencia marital se disuelve el vínculo matrimonial, produciendo efectos desde que se dicta la sentencia de divorcio, a excepción con los terceros que produce efectos desde su anotación en el Registro Civil.
A diferencia de la separación, una persona divorciada puede volver a contraer matrimonio con una tercera persona o, incluso, con la misma persona de la que se había divorciado.
Debemos indicar que las personas que contraen matrimonio por la Iglesia, si se divorcian pueden volver contraer matrimonio por la vía civil pero no por la Iglesia, a no ser que soliciten y se les conceda la nulidad eclesiástica.
¿Qué procedimiento debo seguir para separarme? ¿Y para divorciarme?
El procedimiento viene siendo el mismo.
Tanto la separación como el divorcio pueden hacerse de dos formas:
- De mutuo acuerdo, en este caso los cónyuges deben presentar una demanda acompañada de un convenio regulador –documento que regula los efectos del divorcio o separación– pudiendo comparecer ambos cónyuges con el mismo abogado y procurador, por lo tanto, es un procedimiento más rápido y menos costoso que un contencioso.
- De forma contenciosa, en este caso debe interponerse una demanda, ser contestada para el otro cónyuge y celebrarse una vista. En este caso, será necesario comparecer ambos cónyuges con su propio abogado y Procurador. Es una procedimiento más lento y costoso, y que comporta un mayor desgaste emocional.
En caso de divorciarse, también se puede optar por el divorcio notarial.
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