Muchos han sido las personas damnificadas por el cierre repentino de las clínicas dentales ¿Sin dientes y sin los 12.000 €? Muchas personas han perdido el dinero pagado sin que se les haya realizado el tratamiento o con tratamientos a medias, pero puedes hacer una reclamación por daños y perjuicios por cierre clínica dental.
¿Te encuentras en esta situación? ¡Continúa leyendo!
Debemos tener en cuenta que en estos casos los pacientes no son los únicos afectados por el cierre repentino de la clínica, sino también los trabajados, los cuales se ven de la noche a la mañana sin trabajo, despedidos de forma improcedente, con salarios pendientes de pago.
¿Has pagado un tratamiento y no te lo han realizado? ¿Te han dejado un tratamiento a medias?
Entonces tienes que reclamar tanto el dinero como, en su caso, la finalización del tratamiento.
Desde Picón Abogados lo primero que recomendamos a nuestro cliente es reunir y conservar toda la documentación que puedan tener que demuestre la contratación de los servicios, tales como contratos, facturas, presupuestos, publicidad, etc.
El segundo paso es enviar un Burofax a la clínica reclamando por el incumplimiento contractual, exigiendo en primer lugar el cumplimiento del contrato y en caso contrario, la resolución contractual, con devolución de las cantidades abonadas y una indemnización por los perjuicios causados.
Los afectados pueden intentar solventar el tema de una forma EXTRAJUDICIAL, presentando la correspondiente reclamación de consumo ante los Organismos competentes para que se tramite un procedimiento de mediación, ya sea de forma individual o conjunta con otros afectados, o bien acudir a la vía JUDICIAL, debiéndose de analizar en este caso cual es la vía más recomendable, si la vía penal, la civil o la concursal.
¿Habías solicitado un crédito para pagar el tratamiento dental?
En este caso debe de distinguirse si estamos ante una financiación vinculada al tratamiento o no, es decir, si el consumidor ha aceptado la financiación propuesta por la clínica. En caso de ser una financiación vinculada, la Ley establece la posibilidad de instar la resolución del contrato de crédito vinculado al contrato principal, es decir, se puede anular el crédito y pedir la devolución del préstamo por incumplimiento de contrato.
No obstante lo anterior, debe irse con cuidado, pues hasta que el contrato principal no sea resuelto, si se suspenden los pagos, hay el riego que se devenguen intereses de demora, o incluso que la financiera interponga una reclamación judicial.
En estos casos, lo recomendable es remitir un primer Burofax a la clínica dental exigiendo el cumplimiento del contrato bajo el apercibimiento de instar la resolución contractual.
Lo más probable es no obtener respuesta, en este caso, debería enviarse un segundo Burofax, pero en este caso a la financiera instando la resolución contractual por incumplimiento dejando constancia de que se van a suspender los pagos, adjuntando copia del Burofax remitido a la Clínica dental.
¿Eres un afectado? Llámanos al 93.487.31.67, estaremos encantados de escuchar tu caso
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