¿Qué hacemos si llegamos a casa y está ocupada por terceros?
En el artículo de hoy os damos unas pautas legales a seguir cuando os encontréis en este tipo de situaciones.
Lo primero que deberías hacer, es interponer una DENUNCIA EN LA COMISARÍA DE POLICÍA.
Los agentes se personaran en la vivienda y si no han cambiado la cerradura todavía, podrán entrar y echarlos de la vivienda.
También es posible interponer la denuncia ante el Juzgado de guardia, aunque menos recomendable, pues esto alargaría el proceso.
Para la interposición de la denuncia no es necesario abogado, aunque si es recomendable asesorarse legalmente en caso de encontrarse en esta situación.
Ante el fenómeno ocupa, el propietario puede acudir a dos vías o bien a la vía penal o bien a la vía civil.
Opción 1: Vía Penal
Si opta por la VÍA PENAL, debe diferenciarse de si la vivienda ocupada es la vivienda habitual, en este caso la denuncia o querella debe ser por un delito de allanamiento de morada.
En caso de ser una segunda residencia el delito es de usurpación de la propiedad, donde se impone una mera multa.
Es importante poder identificar los ocupas, aunque esto no siempre es posible, lo que alarga aún más el proceso.
El Juez llamará a las partes para declarar y lo más habitual es que los ocupas no se personen, después dicara la orden de desalojo correspondiente.
Opción 2: Vía Civil
La otra opción, es acudir a la VIA CIVIL, mediante la interposición de una demanda de desahucio por precario.
Con carácter previo a la presentación de la demanda, es recomendable remitir un burofax a los ocupas instándoles a que abandonen la misma.
La demanda de desahucio debe interponerse ante los Juzgados de Primera Instancia del lugar donde se encuentra la vivienda ocupada.
En el Decreto de admisión a trámite de la demanda ya se señala una fecha para el desalojo de la vivienda.
Es importante mantener la calma y no tomarnos la justicia por nuestra mano.
Puede acarrear problemas legales en nuestra contra y también debe tener cuidado con la contratación de empresas que se dedican a echar ocupas.
Lo mejor que puedes hacer es consultar a un buen abogado.
Para este procedimiento si es necesario abogado y procurador.
En Picón Abogados somos expertos en temas de desahucio,
¡Podemos ayudarte a recuperar tu vivienda!
¿Quiere estar informado sobre aspectos legales de actualidad?
Déjenos su email para estar al día de todos los aspectos relevantes hoy en día sobre el DERECHO. Enviándonos su nombre + email, acepta nuestra Política de Privacidad. Sus datos, con nosotros, están protegidos.
si se meten okupas , sin estar empadronados,,en un piso dentro de un bloque de viviendas,, seria posible que la comunidad de propietarios cambie la cerradura del portal una vez que no esten dentro ? ya que no tienen titulo de propiedad que alegue que es su morada, en este caso no podrian ser coacciones ya que la comunidad de propietarios tiene legitimidad para controlar el acceso de quien resida o no legalmente, en el bloque,,y si esas personas en su DNI no pone que viven alli,,,dificil demostrar que es su vivenda, pero la pregunta seria la comunidad puede cambiar las llaves del portal? o constituiria delito de coaccion? porque digo yo que para demostrar una coaccion primero tendras que demostrar que es tu vivienda o morada
Buenos días,
¿Donde esta situada la vivienda?
En principio, por acuerdo de Junta se puede acordar cambiar la cerradura del portal, y en caso que sea por razones de seguridad de la finca, se permite que lo pueda hacer el presidente sin dicho acuerdo, eso si, mejor no mencionar el tema de los ocupas en el acta.
No obstante, decirle que en muchos casos, esto a veces comporta más problemas que soluciones, pues los ocupas van a seguir entrando igual, con llave o sin ella, en la mayoria de casos, rompen las cerraduras para poder acceder, por lo que es una cuestión que deberían valorar bien.
¿Han iniciado proceso judicial contra los ocupas?
Gracias por su respuesta…en principio tendrían que romper dos puertas o cerraduras una de forja y otra de hierro así que lo oiriamos y llamaríamos a la policia…el propietario de la vivienda se desentiende y no quiere tomar acciones judiciales ..los perjudicados somos los vecinos que vivimos allí…por eso era el poder cambiar la cerradura y puertas y llamar a la policia si viesemos que las rompen..tenemos cámaras de videovigilancia en la comunidad
De acuerdo.
En caso de causar daños en zonas comunes, y si continua la inactividad del propietario, podria estudiarse las acciones legales que puede tener la comunidad frente a los ocupas para lograr su desalojo.
Saludos.
Buenos días la propiedad es de mis suegros que es su única vivienda ellos tienen 81 y 77 años estas personas les dijeron que tendrian los papeles para estar kegal en españa en 3 meses y dieron un anticipo de 10000 euros para poder hacer un contrato de alquiler con opción a compra pero de esto hace un año y en ese lapso an destrozado la cocina han tirado una pared sin autorización han roto la caldera al hacerla funcionar sin gasoil y no han pagado los impuestos de luz ni agua y se niegan a irse
Buenos días,
Se puede presentar una demanda de resolución de contrato de arrendamiento por incumplimiento por la realización de daños causados dolosamente en la finca. Si necesita mas información puede contactar con nosotros al 93 487 31 67 .
Saludos cordiales,
Tengo una propiedad en proindiviso con otro propietario
compartimos una terraza cubierta , si se meten okupas en la vivienda, necesito la autorización del otro propietario para desahucio?.
Buenos días,
No es necesario la autorización, pues es un derecho que tiene cada propietario.
Saludos,
Si rompen la cerradura la puerta y cerradura del portal…tenemos la obligacion de dar llaves a los que esten en precario??, nos pueden denunciar por coacciones?
Buenas tardes,
Los temas de delitos de coacciones por cambio de cerradura, normalmente son cuando lo hace el propietario de la vivienda en el piso en concreto para impedir que entre el ocupa.
En principio la Comunidad, si así lo acuerda, puede proceder al cambio de cerradura y deberá entregar la llaves a todo los propietario, o en su caso, aquel que tenga justo título.
Saludos.
Tengo okupas en mi bloque…tengo miedo que se metan en mi casa cuando salga…si se meten y bajan a la calle ..es decir el piso esta vacío…puedo hacer cambio de cerradura y meterme yo en mi propia casa??…
Buenos días,
Normalmente los ocupas acustumbran a ocupar segundas residencias o viviendas ocupadas. No obstante, en caso de ocupación de su vivienda, debería denunciar o interponer acciones legales, pues si la ocupación ya ha sido efectiva, el ocupa podría denuncia por allanamiento de morada.
La ley tal y como esta no permite una actuación rapida contra los ocupas.
Saludos.
Y como demuestra un okupa que mi morada es su morada??..si yo vivo allí..estoy empadronada..tengo recibos a mi nombre y la nota simple…que va a denunciar ??.no es cosa de okupas..es que cualquiera puede decir que mi casa es suya..ley absurda…eso es allanamiento de morada…y si la justicia no actúa para ellos…por que va actuar para mi?? Me okupan la casa y encima me meten en la cárcel..algo se podrá hacer digo yo
En ningún momento hemos dicho que le vayan a meter la cárcel, una cosa es que puedan presentar una denuncia y otra muy distinta es que prospere.
Usted, si es su vivienda habitual, y le ocupan, debería llamar imediatament a la policia y denunciar el allanamiento demorada, par que tomen cartas en el asunto.
Saludos.
vale,disculpe es que me he asustado..supongo que luego tendran que demostrar que viven alli con recibos,,empadronamiento etc….esperemos que no prospere la denuncia de los okupas porque tal como esta el panorama la policia no actua aunque sea tu vivienda habitual
Hola,vivo de alquiler y quisiera saber si puedo poner una denuncia por allanamiento de morada si se meten okupas, el propietario dice que el problema es mio y tendria que denunciar yo,Vale solo con el contrato de alquiler?? hay camaras en la comunidad asi que se puede demostrar okupacion en menos de 48 horas, es esto posible? Gracias
Buenos días,
Si es su vivienda habitual, aunque sea inquilina, usted puede denunciar el allanamiento de morada, dado que es su lugar de residencia, para que actue la polícia.
Saludos.
Buenos días,
Se podría considerar un delito de coacción si un inquilino hace un cerramiento impidiendo al propietario hacer uso de un pasillo que según escrituras le pertenece a ambos y es comun??..ese pasillo pertenece a dos viviendas y el inquilino se ha adueñado poniendo una puerta e impidiendo que el otro propietario haga uso ….eso es coacción?
¿El propietario de la otra vivienda quién es?
En este caso, más que denunciar por un delito de coacción, quizás debería ejercer las acciones civiles para que finalice con dichas actitudes que perturban su derecho de propiedad.
Si lo desea, puede concertar cita con nuestros abogados llamando al 93.487.31.67.
Saludos.
Y si ese cerramiento me impide la entrada a mi vivienda???…no sería una coacción??…
Si le impide la entrada a la vivienda podria ser coacción. En todo caso, lo tendria que consultar con un penalista.
Saludos .
El mío es un caso peculiar. Vivienda en copropiedad por divorcio con uso anual alterno. Contrato de compraventa con garantía de arras penitenciales sin traspaso de posesión y con fecha límite para formalizar escritura de compraventa el 31/07/21. Teniendo el uso de la vivienda el otro copropietario, dice dejar las llaves al «comprador» para que vaya guardando en la vivienda sus muebles. El 24/06/21 entra mi uso legal a la vivienda y me encuentro con que el «comprador» vive en ella y, además, estuvo realizando obras en la misma por lo menos las que se pueden apreciar desde el exterior, llegando incluso a instalar un portal en el cierre de la parcela. El otro copropietario, ante mi solicitud, me entrega, por medio de tercera persona, las llaves de la vivienda pero no se me comunica que no voy a poder entrar porque la vivienda está ocupada. Denuncio la situación a la Policía Local. Elaboran un informe en el que descubro que hay 3 personas empadronadas en la vivienda desde el 31/05/21. Lo único que presenta, uno de los ocupantes es el contrato de arras, que como ya dije, no supone la transmisión de la posesión de la vivienda. La Policía Local no hizo nada más. En este caso, el otro copropietario es concejal del ayuntamiento en el que está la vivienda. La Policía Local le pregunta por la situación generada y reconoce que las personas que ocupan la vivienda lo están haciendo sin autorización de los propietarios. Se incluye él. Es mi única vivienda. Siempre viví en ella mientras tuve el uso legal de la misma. Para el otro copropietario es una segunda vivienda. Actualmente, me encuentro viviendo de «prestado» en casa de mis padres mientras 3 personas ocupan ilegalmente la vivienda. El 31/07/21 no se llegó a formalizar ninguna escritura de compraventa de la vivienda aunque en el mes de septiembre el otro copropietario presentó un documento privado de venta de su proindiviso al “okupa”. A día de hoy, y con el derecho legal de uso de la vivienda, sigo fuera de ella. ¿Se puede considerar un delito de allanamiento de morada?
Buenos días,
Si lo desea tiene el servicio de consultorio legal online en nuestra página web donde podremos resolver sus dudas y la información que nos facilite será 100 % confidencial.
Que documentación se pide para iniciar desahucio por okupacion ?..notas simples y escrituras del propietario??.algo más??..si el okupa no está empadronado ni tiene nada a su nombre..¿ puede demostrar que es su vivienda habitual?
Buenos días,
Si debe acreditarse la propiedad. En cuanto a los ocupas, si no se dispone de datos, la demanda puede dirigirse contra los ignorados ocupantes de la vivienda.
Saludos.
Han entrado okupas en un piso compartido…son dos viviendas que comparten según escrituras una habitación común en la terraza…los okupas han cambiado la cerradura de la entrada a ambas viviendas impidiendo entrar en ella…tendría que poner demanda por desahucio?? O demanda por coacciones?
Buenas tardes,
El desahucio y las coacciones son dos conceptos jurídicos muy distintos.
Las coacciones es por la vía penal y el desahucio por la via civil.
Deberiamos estudiar la documentación, en especial, las escrituras para verificar la situación de la parte ocupada para determinar cual es la via mas efectiva para recuperar el uso de dicha habitación.
Saludos.
Buenos días,
Tengo una duda con el tema de ocupación..soy propietaria de un piso y me surge la duda si se meten okupas para echarlos…que se meta en mi casa terceras personas que no son la propiedad…esperar a que salgan los okupas y k se meta por ejemplo un vecino y cambie la cerradura….que consecuencias habría para el propietario??..al no estar dentro del piso los okupas solo pondrán denunciar a otro okupa…
Buenos días,
Para el propietario el proceso para que los ocupas salgan de la casa, es interponiendo una demanda de desahucio por precario.
Lo que plantea usted, seria la opcupación de una casa ocupada por un tercero, los ocupas podrían denunciar a esta persona por la via penal, ya sea por allanamiento de morada o por coacciones.
Saludos.
Entiendo que como abogados recomienden una demanda ..pero las denuncias de un okupa a otro no suelen prosperar y mucho menos si el otro okupa se pone los suministros a su nombre y hace pagos a la comunidad….aquí el juez solo dará la razón al que pueda demostrar que es su casa…porque las denuncias por allanamiento o coacciones también hay que demostrarlas…sino cualquiera puede decir vivo aquí…y pongo demanda penal por que lo digo yo …esta opción es gratis y legal..sin repercusión para el falso okupa…si se pone todo a su nombre
Apreciada Susana,
Nosotros debemos asesorar a los clientes conforme a la Ley, simplemente le hemos dicho que la vía para recuperar la posesión de una vivienda ocupada, por la vía civil, es una demanda de precario. Asimismo, también hay la opción de la vía penal contra ocupas, que dependerá de si la casa es la vivienda habitual (allanamiento de morado) o no (usurpación de la propiedad).
La opción que usted plantea, de que un tercero reocupe una casa ocupada, no es legal, pues está cometiendo el mismo ilícito que el anterior. Y él ocupa puede presentar denuncia, otra cosa, como usted dice, es si dicha denuncia podrá prosperar o no.
Saludos.
buenos días,
tengo un piso alquilado…resulta que el inquilino de fue y ahora hay otra persona viviendo creo que un familiar…debo presentar demanda por precario o demanda por ocupación?…obvviamente se ha metido a vivir sin mi autorización ni consentimiento
Buenos días,
Según lo que nos comenta, debería presentar una demanda de desahucio por precario. Saludos.
Buenos días,
Me han puesto en comisaría varias denuncias falsas…una por coacciones…la policia las archiva todas porque no hay pruebas…pero puedo denunciarles yo por denuncia falsa aunque la policia la archive?
Buenos días,
Poner una denuncia falsa es un delito penado y castigado en el Código Penal, por lo tanto, si se puede denunciar a alguien por interponer denuncias falsas.
Saludos.
Buenos días;
En mi edificio han entrado okupas en un piso pero han cambiado las llaves del portal por lo que no pueden acceder el resto de vecinos….se puede considerar una coacción??. O cada vecino tiene que poner denuncia para poder entrar en casa??
Buenas tardes,
Si, se puede considerar coacción. No es necesario que cada vecino presente una denuncia.
Saludos cordiales,