AVAL DE UN PRÉSTAMO
Te contamos las últimas novedades sobre el aval
En el artículo de hoy vamos a hablar sobre el “AVAL”, esa simple firma, entre otros supuestos, que muchos padres han hecho a favor de sus hijos para que puedan adquirir la casa de sus sueños mediante la concesión de un préstamo hipotecario, y que a más de uno, por la situación de crisis económica vivida en el país, la ha dado más de un dolor de cabeza.
¿Qué es un aval?
El aval es una garantía del cumplimiento de una obligación, normalmente económica, a favor de un tercero.
Es decir, quién avala se responsabiliza de forma solidaria a cumplir la obligación de otra persona en caso de que no pueda o no quiera cumplirla.
Tenemos dos tipos de aval:
- El aval personal es el caso más conocido, y se trata de una persona física o jurídica que se responsabiliza de los pagos del deudor en el caso de que este no quiera o no pueda hacerlos.
- El caso más común es el de los padres que avalan a un hijo para que este adquiera su vivienda.
- Realizando esta simple firma los padres se comprometen a hacerse cargo de la deuda en caso de que su hijo no pueda.
- Con el riesgo de que si el avalista en este caso los padres no pueden hacerse cargo de la deuda la entidad bancaria pueda ir contra su patrimonio.
- El aval bancario es más propio de la actividad empresarial.
- No es una persona la que se encarga de hacer de aval si no que es directamente la entidad bancaria por el hecho de disponer de la liquidez necesaria de forma inmediata.
¿Qué consecuencias puede tener ser avalista?
La cuestión es que a raíz de la crisis económica que ha sufrido este país muchas personas se han visto afectadas por las consecuencias que tiene un aval, sobretodo los avalistas personales, que no han podido continuar pagando.
Debido a que muchas personas o en su mayoría cuando firman el aval no son conscientes debido a que no han sido informadas lo suficiente de lo que realmente supone convertirte en aval de alguien y las consecuencias que puede tener.
Recientemente el aval ha sido noticia al haberse dictado una sentencia pionera por un Juzgado de Primera Instancia de Bilbao, en concreto el 11 de refuerzo.
En el caso examinado por el juzgado de Bilbao, versa sobre un joven con unos ingresos discretos e inestables que pidió en diciembre de 2005 un préstamo a BBVA y la entidad requirió como garantía del préstamo el aval de sus padres y de sus hermanos.
Un juzgado de Bilbao libera a unos padres de pagar el aval por el crédito hipotecario de su hijo, al entender que el aval era abusivo y que el banco no explicó bien a los padres y hermanos lo que éste implicaba.
En dicha sentencia el Juez retira el aval alegando que los avalistas no tenían información ninguna de lo que suponía tener la condición de avalista ni de las consecuencias que podrían recibir en consecuencia de su posición jurídica.
Por lo que el Juez declara la cláusula del aval como abusiva por el hecho de carecer de transparencia ya que no se explico bien lo que implicaba ser avalista y porque de haberlo hecho correctamente los demandantes no habrían aceptado.
Y como resultado los padres y hermano del sujeto hipotecado dejan de ser avalistas.
Esta sentencia es pionera, no obstante abre la puerta a muchas otras reclamaciones que ya se están presentando en los juzgados, como consecuencia de la poca información que posee el ciudadano sobre la figura de aval y la poca que se dispensa por parte de las entidades que utilizan este tipo de garantía.
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