Se acercan las vacaciones y muchas personas empiezan a organizar o ya tienen organizado un viaje para hacer junto a su familia, amigos o pareja o incluso en solitario. Muchas personas optan por los viajes combinados ¿Qué es un viaje combinado?
Por viaje combinado se entiende la combinación de transporte y alojamientos bajo un precio global con una duración mínima de 24 horas o incluya una noche de estancia.
Por desgracia, cada verano cuando empiezan las vacaciones hay algunas personas que no pueden realizar el viaje que tenían pagado, en algunos casos por culpa del organizador del viaje, como puede ser una agencia de viajes, o a veces por circunstancias propias del consumidor. En el artículo de hoy vamos a hablar de la resolución del contrato de viaje combinado.
Resolución del contrato por causa imputable al organizador o cancelación del viaje
En el supuesto de que el organizador del viaje cancele el mismo o que proceda a hacer una modificación sustancial del viaje y el consumidor opte por cancelar el mismo, el consumidor tendrá derecho al reembolso de todas las cantidades pagadas o bien a la realización de otro viaje combinado de igual calidad o superior siempre que el organizador pueda proponérselo.
En el caso de que el viaje ofrecido sea de inferior calidad, el organizador deberá devolver al consumidor la diferencia del precio.
En uno y otro caso, el organizador debe abonar una indemnización al consumidor por incumplimiento de contrato, que no podrá ser inferior:
- al 5 % del precio total del viaje contratado si el incumplimiento se produce entre los dos meses y quince días anteriores al viaje;
- del 10% si se produce entre los 15 días y los 3 días anteriores;
- del 25 % en el supuesto de que el incumplimiento se produzca durante las 48 horas anteriores al inicio del viaje.
No obstante lo anterior, existe dos supuestos en las que el organizado no tiene obligación de indemnizar:
- Cuando la cancelación sea por qué no están inscritas el número mínimos de personas y se comunique dentro del plazo fijado en el contrato, que como mínimo debe ser de 10 días antes a la fecha del viaje.
- Cuando la cancelación del viaje sea por fuerza mayor.
¿Y qué sucede si se produce un incumplimiento de contrato durante el viaje?
En el caso de que, después del inicio del viaje, el organizador no suministre o compruebe que no puede suministrar una parte de los servicios contratados, deberá buscar alternativas para la continuación del viaje, sin suplemente alguno para el consumidor y, en su caso, abonar al consumidor el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas.
Si el consumidor y usuario continúa el viaje con las soluciones dadas por el organizador se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas.
Si las soluciones adoptadas por el organizador fueran inviables o el consumidor no las aceptase por motivos razonables, el organizador deberá ofrecer, sin suplemento alguno, un medio de transporte equivalente al utilizado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido, sin perjuicio de la indemnización que en su caso proceda.
Resolución del contrato por el consumidor
En todo momento el consumidor puede dejar sin efecto los servicios contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiese abonado, teniendo que indemnizar al organizador en las cuantías que a continuación se indican, salvo que tal resolución tenga lugar por causa de fuerza mayor:
- Abonar los gastos de gestión, los de anulación, si los hubiere, y una penalización consistente en
-
- el 5% del importe total del viaje, si la cancelación se produce con una antelación de más de diez días y menos de 15 días del inicio del viaje.
- el 15% entre los tres y diez:
- el 25% dentro de las 48 horas anteriores a la salida.
En caso de no presentarse a la salida, el consumidor está obligado al pago del importe total del viaje, abonando, en su caso, las cantidades pendientes salvo acuerdo entre las partes en otro sentido.
- En el caso de que el viaje combinado estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de contratación, tales como flete de aviones, buques o tarifas especiales, los gastos de cancelación se establecerán de acuerdo con las condiciones acordadas entre las partes.
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